Incidente Nº 1 - NN: SRIO. AV. (DCIA. RECIBIDO EN UNIDAD DE ORIENTACIÓN Y DENUNCIA CABA) s/INCIDENTE DE INCOMPETENCIA

Fecha de Resolución15 de Junio de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA PENAL

1 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO – SALA B

P./Int.

Visto, conforme a las reglas del trámite unipersonal de expedientes, los autos n° FRO 10215/2023/1/CA1 de entrada, caratulado “Incidente de incompetencia en autos S.. Av. (Dcia. Recibido en Unidad de orienación y denuncia CABA) por infracción ley 23.737 (del Juzgado Federal nº 4 de Rosario), del que resulta que:

Vienen los autos a conocimiento de la Alzada en virtud del conflicto negativo de competencia suscitado entre los titulares de los Juzgados Federales nº 4 y nº 3 de esta ciudad.

Y considerando que:

Se inician los presentes actuaciones en función de la denuncia formulada en fecha 14/03/2023 ante la dependencia del Ministerio Público USO OFICIAL

Fiscal, sita en Av. de Mayo 654, C. por parte de F.T., a fin de exponer la situación planteada en relación a T.B.R.,

sobrenombre “La Gorda” de aproximadamente 26 años de edad, domiciliada en la provincia de Santa Fe; a C.J., sobrenombre “Puchini” de aproximadamente 40 años de edad, domiciliado en la provincia de Santa Fe; y a A.F., de unos 25 años de edad, detenido en el Penal de Ezeiza. Tanto Rostro como J., según el relato de la denunciante, serían los cabecillas de una banda denominada “La Banda de la Gorda”, que se encargaría de la comercialización de droga y homicidios por encargo, siendo F. líder de otra banda denominada “Clan Funes”. Su actividad criminal se daría,

únicamente en Rosario, provincia de Santa Fe.

El Titular del Juzgado Federal nº 4, mediante Resolución del 12/04/2023 declaró la incompetencia por turno del juzgado a su cargo y remitió

las actuaciones al Juzgado Federal nº 3, por tener en cuenta la fecha de la denuncia formulada ante la dependencia del Ministerio Público Fiscal, sita en Av. De Mayo 654, C..

Fecha de firma: 15/06/2023

Alta en sistema: 16/06/2023

Firmado por: J.G.T., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.V.V., SECRETARIA DE CAMARA

2

Por su parte el titular de este Juzgado, mediante Resolución del 12/04/2023, no aceptó la competencia atribuida y la devolvió al magistrado mencionado en primer término, por considerar que la fecha a tener en cuenta a los fines de la atribución de la competencia por turno, es la de la radicación de la denuncia que se realizó el 07/11/2022 ante el funcionario P.A.O.R.G.S. en turno de la Seccional 2da. de la U.R.II.

de Rosario -fecha en la que se encontraba de turno el Juzgado Federal Nº 4-.

Mantenida por el titular del Juzgado...

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