Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A, 11 de Febrero de 2020, expediente FMZ 079353/2018/1/CA001

Fecha de Resolución11 de Febrero de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A

FMZ 79353/2018/1/CA1

Mendoza, febrero del 2020.

VISTOS:

Los presentes autos FMZ 79.353/2018/1/CA1 caratulados

AVERIGUACION PREVENTIVO INTERVENCION TELEFONICA S/

INF. LEY 23.737 –INCIDENTE DE IMCOMPETENCIA

venidos a esta Sala

A

en virtud de la traba de competencia mantenida entre el Juzgado Federal Nro. 1

de Mendoza –S.. Penal “C” y el Juzgado Federal Nro. 3 de R.–.. Penal

B

.

Y CONSIDERANDO:

I.I. estos actuados a raíz de la nota presentada por personal del

Departamento General de Lucha contra el Narcotráfico de la Provincia de

Mendoza, en el marco del expediente FMZ 64654/2018C (del registro del Juzgado

Federal Nro. 1 de Mendoza), mediante la cual se pone en conocimiento de la

existencia de un sujeto identificado como “S., quien se encargaría de

trasladar material estupefaciente desde el norte de nuestro país, hacia esta

Provincia.

Con tal piso, y no observándose una clara conexidad entre esa nueva

información y la precitada causa, el juez a quo procedió a formar un nuevo

sumario, a los efectos de profundizar dicha línea investigativa.

  1. Con tal piso, y luego de realizar diversas medidas de prueba –en

    particular, la intervención telefónica de los abonados vinculados al sindicado

    S.

    , el personal policial interviniente logró establecer distintas

    comunicaciones que resultaban compatibles al comercio ilegal de estupefaciente.

    Sin perjuicio de ello, en fecha 07 de marzo del año 2019, se le hizo saber al

    magistrado instructor que las maniobras investigadas en autos, atribuidas a este

    último, se estarían desplegando con personas radicadas en la Provincia de Santa Fe

    (ver nota de fs. 40 de los autos principales).

    Ante ese escenario, el titular del Juzgado Federal Nro. 1 de Mendoza,

    en fecha 11 de marzo del año 2019, resolvió declarar la incompetencia territorial en

    Fecha de firma: 11/02/2020

    Alta en sistema: 02/03/2020

    Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado(ante mi) por: R.H.M., S.retario de Cámara #33818211#254698378#20200207133043264

    favor de la Justicia Federal de R., bajo la premisa que el principal investigado

    –L.Z., junto con M.F. –con quien mantuviera conversaciones

    de interés, se encontrarían organizando el traslado de sustancias estupefacientes a

    la ciudad de R.; cuyo modo, fecha y personas intervinientes no se hallaban

    debidamente identificadas a ese momento (ver resolutorio de fs. 8/9 vta.).

    Por su parte, el Dr. C.A.V.B. –magistrado a cargo del

    Juzgado...

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