Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B, 3 de Mayo de 2018, expediente FMZ 048759/2017/1/CA001

Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B FMZ 48759/2017/1/CA1 ACTA AUDIENCIA ART. 454 C.P.P.N.

EXPEDIENTE Nº FMZ 48759/2017/1/CA1, CARATULADOS:

INCIDENTE DE PRISIÓN DOMICILIARIA DE A.L., J.A. S/ INF. LEY 23.737

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En la Ciudad de Mendoza, a tres días del mes de mayo de dos mil dieciocho, siendo las once cuarenta y nueve horas, a los efectos de celebrar la audiencia fijada en las presentes actuaciones, se reúnen en la Sala de Acuerdos de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, los Sres. Vocales de la Sala “B”, D.. O.P.A., G.E.C. de D. y A.R.P., con la presencia del Sr. Secretario Dr. P.O.Q.. Asisten la Sra.

Defensora Oficial “ad hoc” Dra. C.F. (por J.A.A.L., y la Sra. Fiscal “ad hoc” Dra. C.E., quien lo hace acompañada por el Dr. J.M.G.. Abierto el acto por parte del señor vocal que preside, Dr. A.R.P., se le cede el uso de la palabra a la Dra. F. quien funda su apelación, solicitando se haga lugar al recurso de apelación interpuesto al beneficio de la prisión domiciliaria a su asistido. Expresa que su defendido tiene actualmente 70 años de edad, por lo que teniendo en cuenta lo dispuesto por la ley 24670, se debería conceder la prisión domiciliara a su defendido. Hace mención al estado de salud de su asistido, quien padece de enfermedades cardíacas, chagas, hipertiroidismo, hipertensión arterial, tal como surge del informe agregado a fs. sub 36, todo lo que se agrava por las insalubres condiciones de detención de los penales de la provincia. En cuanto a la situación familiar, manifiesta que de la encuesta a los familiares, surge que vive con su mujer de 62 años quien padece de retraso mental, también convive con dos hijas una de las cuales tiene dos hijos menores. Otro de sus hijos, L. de 24 años de edad, quien también padece incapacidad por esquizofrenia y que también tiene un hijo menor de edad. En cuanto a la situación económica familiar, el encartado hacía tareas de tapicería, su esposa cuenta con una pensión, y jubilación del encartado. Todo el grupo familiar se encuentra afectado, con necesidad de contar con el apoyo del encartado en autos, sobre todo los que padecen enfermedades mentales. Sostiene que todos estos son parámetros que no han sido tenidos en cuenta por el a quo. Hace referencia al art. 32 inc. a de la ley n° 24660. Por todo ello, solicita se revoque la resolución del a quo y le sea concedida la prisión domiciliaria a su asistido, expresando que se puede contar con la colocación de...

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