Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 27 de Septiembre de 2018, expediente COM 007366/2017/1/CA001

Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2018
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C METRAL, ESTELA MARIANA S/ CONCURSO PREVENTIVO S/

INCIDENTE DE VERIFICACION DE CREDITO POR ALPERSZTEJN, ARIEL RICARDO Expediente N° 7366/2017/

Juzgado N° 20 Secretaría N° 39 Buenos Aires, 27 de septiembre de 2018.

Y VISTOS: I.V. apelada la resolución de fs. 39/41, por medio de la cual el Sr. juez de primera instancia rechazó la posibilidad de incluir en el pasivo concursal el crédito insinuado por el Sr. A.. II. El recurso fue interpuesto por el nombrado a fs. 42, y se encuentra fundado con el memorial de fs. 44/46.

El traslado fue contestado por la sindicatura a fs. 48/50, y por la concursada a fs. 52/54. III. a. El pretenso acreedor indicó como causa de su crédito un préstamo en moneda extranjera efectuado a favor de la concursada.

En sustento de su posición, acompañó 12 pagarés que dijo librados por la deudora en un todo de acuerdo a lo pactado en la cláusula octava de un contrato de mutuo con firmas certificadas, que también adjuntó.

De su lado, al contestar el traslado del incidente, la concursada alegó que en el marco de las actividades que desarrollaba con su ex pareja, fue obligada por ésta a firmar contratos usurarios donde figuraban montos superiores a los realmente percibidos (ver fs. 20/22).

No obstante, y más allá de esa manifestación, ninguna prueba ofreció para acreditar alguno de aquellos extremos, limitándose, en rigor, a solicitar la morigeración de los intereses pactados por considerarlos abusivos.

No se soslaya que en oportunidad de contestar el memorial la Fecha de firma: 27/09/2018 concursada sostuvo que un pedido de quiebra que con los mismos títulos le Alta en sistema: 01/10/2018 Firmado por: MACHIN - VILLANUEVA (JUECES) - TRUEBA (PROSECRETARIO DE CÁMARA), Incidente Nº 1 - INCIDENTISTA: ALPERSZTEJN, A.R. s/INCIDENTE DE VERIFICACION DE CREDITO Expediente N° 7366/2017 #30656604#217478285#20180928132648460 promovió otrora el incidentista, su parte desconoció las firmas que le fueron atribuidas. Y que también impugnó allí el peritaje caligráfico que las tuvo como de su puño y letra.

Tales manifestaciones no solo resultan extemporáneas, sino que ni siquiera fueron sometidas a juzgamiento del primer sentenciante, lo cual obsta incluso a esta Sala a expedirse sobre el particular (art. 277 código procesal).

  1. En el marco descripto cabe entonces tener por reconocidos los instrumentos de marras.

    No se desconoce la doctrina sentada por esta Excma. Cámara en pleno in re...

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