Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 10 de Mayo de 2018, expediente COM 073949/1998/14/1/CA010

Fecha de Resolución10 de Mayo de 2018
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación Incidente Nº 1 – BANCO PATRICIOS s/ QUIEBRA s/INCIDENTE GASTOS DE CONSERVACION Y JUSTICIA DE AYSA S.A Y OTRO Expediente N° 73949/1998/14/1/CA10 Juzgado N° 24 Secretaría N° 48 Buenos Aires, 10 de mayo de 2018.

Y VISTOS:

Tiene dicho esta Sala que a los efectos del límite pecuniario de inapelabilidad previsto en el art. 242 del código procesal, debe estarse a la cuantía económica controvertida en el, o los recursos que motivarían la intervención del tribunal, con prescindencia del valor que se debate en el proceso (“CGO cooperativa de Vivienda, Crédito y consuma Ltda.. c/ Bierwerth, G. s/ ejecutivo”, 16.3.10; "L., N.L. c/EndemolA.. S.A.

s/ordinario s/queja”, 27.4.10; entre muchos otros).

En ese contexto, y siendo que el monto comprometido en el asunto –derivado de la diferencia entre lo reconocido en la sentencia y lo pretendido por el síndico, con más las costas-, no supera el aludido límite para la apelabilidad, corresponde declarar mal concedido el recurso que informa la nota de elevación de fs. 98.

Sin perjuicio de ello, cabe destacar de todos modos que el primer sentenciante no decidió el asunto –como sostiene el síndico- extra petita, a poco que se repare en la cuantía del monto insinuado (fs. 65 vta, pto. III), y el admitido (fs. 90).

Por todo ello, se declara mal concedida la apelación...

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