Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 3 de Noviembre de 2017, expediente COM 026829/2001/1
Fecha de Resolución | 3 de Noviembre de 2017 |
Emisor | Camara Comercial - Sala B |
Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL Sala B 26829/2001/1 – FLUIDMEC SA S/ QUIEBRA S/ INCIDENTE DE REVOCATORIA DE INEFICACIA CONCURSAL s/INCIDENTE Juzgado n° 18 - Secretaria n° 36 Buenos Aires, 3 de noviembre de 2017.
Y VISTOS:
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Interpuso la representación letrada de ‘Global Financial Corp.’ y ‘Latherton Investment Corp.’ a fs. 814/26 recurso extraordinario contra el pronunciamiento de esta Alzada de fs. 785 que rechazó el recurso impetrado oportunamente y, declaró improcedente el trámite impreso a este proceso, disponiendo su archivo. El traslado ritual fue respondido por el órgano sindical de ‘Fluidmec S.A.’ a fs. 834/41, resistiendo la pretensión.
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El recurso propuesto será rechazado en los términos del art. 14 de la ley 48.
a.- El pronunciamiento cuestionado se basa en fundamentos de naturaleza no constitucional, de hecho o de derecho no comprendido en el art. 14, Ley 48, ajenos en principio a ese remedio; y admitirlo implicaría la apertura de otra instancia revisora no contemplada por el ordenamiento jurídico; b.- La procedencia del recurso es de carácter excepcional, y requiere un apartamiento inequívoco de la solución normativa prevista o una decisiva ausencia de fundamentación (CSJN., 11-4-85, ED 114-144; Fallos: 311:345 y 571), que aquí no se verifica.
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Sin perjuicio de lo considerado supra -que bastaría para Fecha de firma: 03/11/2017 Firmado por: M.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.G.A.D.D.C., JUEZ DE CAMARA #24161860#191021193#20171103104721519 Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL Sala B rechazar lo pretendido-, cabe realizar algunas precisiones en torno a la ‘arbitrariedad’ alegada, al manifestar la representación de las recurrentes:
… vengo a interponer recurso extraordinario contra la resolución dictada en autos … por la Sala B … a fin de evitar que un fallo con cuestión federal suficiente por atentar contra el debido proceso, derecho de defensa en juicio y por ser arbitrario, vulnera los derechos patrimoniales de mis mandantes, los cuales se encuentran reconocidos y protegidos constitucionalmente …
(fs. 814/814 vta.).
Tal doctrina no tiene por objeto corregir en tercera instancia fallos presuntamente equivocados, sino cubrir graves defectos del pronunciamiento, por apartamiento inequívoco de la normativa vigente o carencia de fundamentación (CSJN, 11-4-85, ED 114-144; Fallos 311:345 y 571).
Con la denuncia de arbitrariedad solo se puso de...
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