Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 31 de Octubre de 2017, expediente COM 106966/2001/1/CA003

Fecha de Resolución31 de Octubre de 2017
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación Incidente Nº 1 - LECCORP SOCIEDAD GENERAL S.A. s/ QUIEBRA s/INCIDENTE DE VALLEJOS, M.F. Y OTRO Expediente N° 106966/2001/1/CA3 Juzgado N° 18 Secretaría N° 35 Buenos Aires, 31 de octubre de 2017.

Y VISTOS:

I.V. apelada la resolución de fs. 447/451, por medio de la cual la Sra. juez de primera instancia rechazó el presente incidente de cancelación de hipoteca.

  1. El recurso fue interpuesto por el actor a fs. 452, y se encuentra fundado con el memorial de fs. 454/469.

    El traslado fue contestado a fs. 471/472 por la fallida, y a fs.

    474/475 por la sindicatura.

    A fs. 482/484 dictaminó la Sra. representante del Ministerio Público Fiscal.

  2. Los antecedentes del caso han sido suficientemente desarrollados en el aludido dictamen, y esta S. comparte los fundamentos y conclusiones –a los que se remite en honor de brevedad- a las que arribó la Sra.

    fiscal general, de modo que cabe decidir la cuestión en el sentido allí propiciado.

    Por ello se

    RESUELVE:

    1. rechazar el recurso de apelación interpuesto por la incidentista, y confirmar la resolución recurrida; b) costas de Alzada a la recurrente vencida en función del principio objetivo de la derrota (art.

    68 código procesal).

    1. en conocimiento de la Sra. fiscal general lo decidido precedentemente, a cuyo fin pasen los autos a su despacho.

    2. por Secretaría.

    Fecha de firma: 31/10/2017 Alta en sistema: 01/11/2017 Firmado por: VILLANUEVA - MACHIN...

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