Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA PENAL, 18 de Noviembre de 2021, expediente FRO 025315/2020/1/CA001

Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

FRO 25315/2020/1/CA1

Visto, en Acuerdo de la Sala “A”

integrada, el expediente nro. FRO 25315/2020/2/CA2

caratulado: “B., M.F. s/ incidente de excarcelación p/ Infracción Ley 23.737”, originario del Juzgado Federal Nº 4, Secretaría nº 2 de esta ciudad, del que resulta:

El Dr. A.P. dijo:

1.- Vinieron los autos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representante del Ministerio Público F., Dra. A.S., contra la resolución del 01 de diciembre de 2020

mediante la cual se concedió la excarcelación a M.F.B., bajo caución juratoria, la promesa de someterse al procedimiento y de no obstaculizar la investigación, la obligación de comparecer mensualmente ante la Comisaría de su domicilio y la prohibición de ausentarse del país.

2.- La recurrente se agravió de lo resuelto por el juez, por cuanto consideró que de la objetiva y provisional valoración de los hechos que se investigan en la causa principal y de la personalidad del imputado aparecería –a su criterio- como razonable presumir que intentará eludir la acción de la justicia.

Sostuvo que al nombrado se le atribuyó la comisión del delito previsto en el artículo 5 inciso c) de la ley 23.737; por lo que la pena en expectativa desvirtuaría cualquier tipo de interpretación que en caso de recaer condena, pueda ser cumplida bajo ejecución condicional.

Explicó que al estar ante un caso especialmente grave, la soltura del imputado podría perjudicar la tramitación del expediente, máxime si tuviéramos en cuenta la proximidad con la que podría llegar a tener lugar el juicio oral.

Fecha de firma: 18/11/2021

Alta en sistema: 19/11/2021

Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA 1

Firmado por: E.I.V., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: A.P., JUEZ DE CÁMARA

Firmado por: V.M.M., SECRETARIA DE CAMARA

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FRO 25315/2020/1/CA1

Entendió que no pueden dejar de mencionarse los compromisos internacionales asumidos por nuestro país en materia específica de lucha contra el narcotráfico.

Citó doctrina y jurisprudencia en apoyo de su postura. Formuló reserva de casación y extraordinario federal.

3.- Concedido el recurso de apelación y elevadas las actuaciones, se dispuso la intervención de esta Sala “A”. Designada audiencia a los fines del artículo 454

del CPPN, se hizo saber a las partes la intervención de la Dra. E.I.V. y se puso en conocimiento que de acuerdo a las Acordadas nº 43/2020 y 73/2020 de la CFAR,

dictadas en consonancia a lo ordenado por la CSJN, no se realizarían audiencias presenciales ante este Tribunal durante el lapso expresado en aquéllas. Agregados los memoriales presentados por la defensa de B. y por el Ministerio Público F., la causa quedó en estado de resolver.

Y considerando que:

1.- Para analizar la peligrosidad procesal del imputado, tengo en cuenta especialmente las pautas, los principios y reglas procesales recepcionadas jurisprudencialmente en el voto del Dr. P.D. dentro del fallo plenario de la Cámara Federal de Casación Penal “D.B., entre las que se encuentra la solvencia de la imputación.

Por otra parte, la peligrosidad procesal no puede analizarse con una mirada exclusivamente teórica,

abstracta y alejada de la realidad donde se producen los hechos imputados y donde tendrá efecto esta sentencia.

Así, entre otras cosas, también debemos Fecha de firma: 18/11/2021

Alta en sistema: 19/11/2021

Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA 2

Firmado por: E.I.V., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: A.P., JUEZ DE CÁMARA

Firmado por: V.M.M., SECRETARIA DE CAMARA

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considerar los efectos inmediatos que tiene en la sociedad la libertad de este imputado de narcotráfico, sobre quien existen pruebas importantes que acreditan su posible comisión de delitos graves.

No puede dejar de advertirse que, sin lugar a dudas, el narcotráfico es la madre de delitos que se originan producto de la avidez de este tipo de delincuentes por perpetuar o mantener esa empresa criminal.

El narcomenudeo es una etapa dentro del referido flagelo y como es de público conocimiento genera múltiples delitos violentos conexos (homicidios, amenazas,

lesiones, abuso de armas, usurpación de propiedades, robos entre otros).

A diario, desde hace años, vemos reflejados en noticias periodísticas la inseguridad y la violencia que genera este delito complejo en los barrios de nuestra provincia.

Nadie duda que existe una vinculación directa entre la disputa territorial de bandas dedicadas al narcomenudeo y los homicidios, abuso de armas y amenazas que se multiplican en nuestra provincia.

Esa violencia tiene como víctimas inmediatas a los vecinos de esos barrios, que padecen la privación diaria de derechos elementales (al esparcimiento, a trabajar, acceder al transporte público, disfrutar del espacio público, plazas, veredas, etc.). Ese contexto también se da en la zona donde el aquí imputado desarrollaría su actividad ilícita de narcomenudeo.

En efecto, es un hecho notorio que de forma sistemática se producen tiroteos entre bandas rivales de narcomenudeo de los que son víctimas circunstanciales vecinos inocentes en los barrios de nuestra ciudad.

Fecha de firma: 18/11/2021

Alta en sistema: 19/11/2021

Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA 3

Firmado por: E.I.V., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: A.P., JUEZ DE CÁMARA

Firmado por: V.M.M., SECRETARIA DE CAMARA

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Son frecuentes los homicidios de vecinos o niños víctimas de balaceras originadas en esta disputa por la venta minorista de drogas, las que en muchos casos se desarrollan en inmediaciones de escuelas o centros deportivos barriales y ponen en riesgo la vida de inocentes.

También es de público conocimiento que a menudo deben suspenderse clases en escuelas producto de los enfrentamientos entre bandas en proximidades de establecimientos educativos o actividades recreativas.

El fenómeno del narcomenudeo no se circunscribe a los problemas de adicción o consumo que pueden tener algunos de sus autores (cuestión privativa de cada ciudadano y amparada por el artículo 19 de la C.N.), sino que también debe ser analizado desde los delitos conexos que genera (homicidios, robos, amenazas, lesiones, abuso de armas, corrupción policial), y que son padecidos por toda la sociedad, a la cual debemos proteger.

2.- El estudio realizado en abril de este año 2021, sobre los homicidios que se produjeron en la jurisdicción que nos ocupa, efectuado por el Observatorio de Seguridad Publica (dependiente de la Secretaría de Política y Gestión de la Información, Ministerio de Seguridad de la provincia de Santa Fe), el Departamento de Informaciones Policiales D-2 (dependiente de la Policía de la Provincia de Santa Fe, Secretaría de Seguridad Publica, Ministerio de Seguridad) y la Secretaría de Política Criminal y Derechos Humanos (dependiente de la F.ía General, Ministerio Publico de la Acusación de la provincia de Santa Fe),

concluyó, en base a datos objetivos que la mayoría de los homicidios violentos de nuestra provincia se motivan en disputas barriales, vinculadas al narcomenudeo y narcotráfico (enmarcados en el ámbito de la criminalidad compleja). Así,

Fecha de firma: 18/11/2021

Alta en sistema: 19/11/2021

Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA 4

Firmado por: E.I.V., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: A.P., JUEZ DE CÁMARA

Firmado por: V.M.M., SECRETARIA DE CAMARA

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…cuando se analiza para el departamento R. la distribución de las muertes violentas de acuerdo a los contextos en los que se sucedieron, se observa una presencia mayor que a nivel de la provincia o de La Capital de homicidios que se inscriben en tramas asociadas a organizaciones criminales y/o economías ilegales…

, como así

también expone que “Ocho de cada diez homicidios que tuvieron lugar durante el transcurso del 2021 en el departamento R. sucedieron en la vía publica…” (para ver el informe,

https://www.santafe.gob.ar/ms/osp/informes/informe-mensual-

sobre-homicidios-en-provincia-de-santa-fe-abril-2021/).

Dichos índices objetivos y estadísticas que se mencionan en el informe citado, se ven reflejadas diariamente en distintas noticias periodísticas, como:

• https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2020/02/17/el-

abuelo-de-la-bebe-asesinada-en-rosario-es-un-conocido-

cocinero-de-cocaina-la-mataron-en-medio-de-un-ajuste-de-

cuentas/ (Florencia Corbalán y C.N.A.,

ambos de 21 años, se desplazaban en una moto Honda Tornado con su beba de un año y medio, A., cuando fueron víctimas de una gran cantidad de disparos de arma de fuego. La hipótesis más concreta del triple crimen es la del ajuste de cuentas narco. Por las características del ataque y por testimonios (…) al menos el padre de la bebé “estaba amenazado”. Se sospecha que los disparos eran solo para C., que su mujer y su hija fueron víctimas colaterales, pero en el sicariato se maneja como “margen de error” el asesinato de personas inocentes).

• https://www.rosario3.com/noticias/Dos-muertos-y-una-nena-muy-

grave-en-feroz-balacera-en-zona-oeste-20190302-0001.html (Diez personas, entre ellas tres menores de edad, fueron agredidas a balazos este viernes por la noche en la zona Fecha de firma: 18/11/2021

Alta en sistema: 19/11/2021

Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA 5

Firmado por: E.I.V., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: A.P., JUEZ DE CÁMARA

Firmado por: V.M.M., SECRETARIA DE CAMARA

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FRO 25315/2020/1/CA1

oeste. Entre las víctimas fatales hay una adolescente de 16

años que sufrió un disparo en el pecho. En tanto los niños heridos, tienen entre 5 y 9 años. La que...

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