Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4, 17 de Diciembre de 2021, expediente FTU 401054/2009/TO01/8/1
Fecha de Resolución | 17 de Diciembre de 2021 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4
FTU 401054/2009/TO1/8/1
REGISTRO N° 2074/21.4
Buenos Aires, 16 de diciembre de 2021.
AUTOS Y VISTOS:
Se integra esta Sala IV por los doctores M.H.B.-.-, J.C. y A.E.L.-.- con el objeto de dictar sentencia en la presente causa FTU 401054/2009/TO1/8/1
acerca de la admisibilidad del recurso extraordinario interpuesto por la defensa particular que asiste a A.R.E., S.D.R. y J.A.C., contra la resolución (Reg. N.. 1731/21.4)
mediante la cual esta Sala IV resolvió -por mayoría-:
I. RECHAZAR el recurso de casación interpuesto por la defensa de A.R.E., S.D.R. y J.A.C., sin costas en la instancia (arts. 530 y ccdtes. del C.P.P.N.).
II. TENER PRESENTE
la reserva del caso federal efectuada
.
Dicha impugnación había sido interpuesta por la defensa contra la decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán que, con fecha 28 de junio de 2021, resolvió: “NO HACER LUGAR a los planteos de extinción de la acción penal y consecuente sobreseimiento intentados por los abogados defensores de los acusados … A.R.E., S.D.R., J.A.C. … conforme se considera (arts. 18, 75.22 de la CN, XXVI de la DADDH, 10 y 11
de la DUDH, 8.1 de la CADH Y 336 inc. 1o y ccdtes. del CPPN)”.
Y CONSIDERANDO:
La señora jueza doctora A.E.L. dijo:
I.C. lo establece el artículo 14 de la ley 48 el recurso extraordinario federal exige -entre otros requisitos para su procedencia- que la sustancia del planteo entrañe el debate de una cuestión federal debidamente fundada.
Los argumentos brindados por el Defensor particular ante esta instancia, -Dr. V.R.F. de firma: 17/12/2021
Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION
Firmado por: A.E.L., JUEZ DE CAMARA DE CASACION
Firmado por: C.J.C., JUEZ DE CAMARA DE CASACION
Firmado por: M.F.O., PROSECRETARIO DE CAMARA
Schedan- implican el debate acerca del alcance de la garantía a ser juzgado en un plazo razonable en los términos de los artículos 18 y 75 inc. 22 de la Constitución Nacional.
Esa cuestión federal se encuentra vinculada con la solución del pleito ya que, según sostiene el recurrente, la decisión cuestionada vulnera la garantía de todo justiciable a ser juzgado en un plazo razonable (Arts. 18 y 75 inc. 22 CN, 8.1 de la CADH y 14.3 del PIDCyP).
En estos términos es dable concluir que el recurso intentado contiene un relato de los hechos relevantes de la causa, e identifica las cuestiones de índole federal que pretende llevar...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba