Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3, 2 de Junio de 2021, expediente FRO 016040/2020/1/CFC001
Fecha de Resolución | 2 de Junio de 2021 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 3 |
Sala III
Causa Nº FRO 16040/2020/1/CFC1
., I. s/recurso de casación
Cámara Federal de Casación Penal Registro nro.: 764/2021
Buenos Aires, 2 de junio de 2021.
AUTOS Y VISTOS:
Para resolver acerca del recurso de casación interpuesto en la presente causa FRO 16040/2020/1/CFC1 del registro de esta Sala III, caratulada: “M., I. s/recurso de casación”.
Y CONSIDERANDO:
El señor juez doctor J.C.G. dijo:
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Que la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, con fecha 11 de diciembre de 2020, resolvió -en cuanto aquí interesa-: "Revocar, en cuanto ha sido materia de recurso, la resolución del 6/08/20 mediante la cual se dispuso conceder la excarcelación de I.M..
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Que, contra dicha decisión, la defensora pública oficial, doctora R.A.G., interpuso el recurso de casación en estudio, el que fue concedido por el a quo.
La defensa invocó arbitrariedad de la decisión recurrida (art. 456, inc. 2 del CPPN), la cual merece ser descalificada como acto jurisdiccional válido.
En ese sentido, resalto que su defendido tiene domicilio fijo, vínculos familiares estrechos y estables,
trabajo formal y no tiene antecedentes penales, elementos que prueban la ausencia de peligrosidad procesal. Asimismo,
destacó que M. no contribuyó de ningún modo a entorpecer las medidas de prueba ordenadas en el marco de la presente causa.
Por otra parte hizo hincapié en el contexto actual por un lado señaló la declaración de emergencia carcelaria y por otro lado la situación de emergencia sanitaria a raíz de la pandemia del coronavirus.
Fecha de firma: 02/06/2021
Firmado por: L.C., JUEZ DE CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL 1
Firmado por: E.R.R., JUEZ DE CAMARA DE CASACION
Firmado por: J.C.G., JUEZ CAMARA DE CASACION
Firmado por: D.D.R., PROSECRETARIA DE CAMARA
En definitiva, manifestó que al no existir elementos que permitan afirmar objetivamente que M. intentará eludir la acción de la justicia o entorpecer la investigación,
corresponde dejar sin efecto la revocación de la libertad de su defendido.
Hizo reserva del caso federal.
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Que si bien las resoluciones que involucran la cuestión aquí planteada, resultan equiparables a sentencia definitiva, ya que pueden ocasionar un perjuicio de imposible reparación ulterior al afectar un derecho que exige tutela judicial inmediata (Fallos: 310:1835; 310:2245; 311:358;
314:791; 316:1934, 328:1108, 329:679, entre otros), para posibilitar la jurisdicción de esta Alzada, debe encontrarse debidamente fundada una cuestión federal.
Que en el sub judice, la defensa no ha logrado...
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