Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal - CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA DE FERIA, 29 de Enero de 2021, expediente FSA 023545/2018/TO01/10/1/CFC003
Fecha de Resolución | 29 de Enero de 2021 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA DE FERIA |
Cámara Federal de Casación Penal Sala de Feria CFCP
Causa Nº FSA
23545/2018/TO1/10/1/CFC3-CFC2
C., J.M. s/ recurso de casación
.
Registro nro.: 170/21
Buenos Aires, 29 de enero de 2021.
AUTOS Y VISTOS:
Integrada la Sala de Feria por los doctores M.H.B.-.-, J.C.G. y D.A.P., reunidos de manera remota de conformidad con lo establecido en las Acordadas 27/20 de la C.S.J.N. y 15/20 de esta C.F.C.P., para decidir acerca de la admisibilidad del recurso de casación interpuesto en la presente causa FSA
23545/2018/TO1/10/1/CFC3-CFC2, caratulada: “C., José
Mauricio s/ recurso de casación”.
Y CONSIDERANDO:
-
Que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de Salta, provincia homónima, en fecha 23 de diciembre de 2020
resolvió:
NO HACER LUGAR a la prisión domiciliaria solicitada por la defensa de J.M.C..
II. Que, contra dicha decisión, los defensores particulares A.D.G. y L.R.Q.,
interpusieron el recurso de casación en estudio; el que fue concedido por el a quo.
En primer lugar, las defensas se agraviaron por entender que la sentencia omitió considerar el interés superior de los niños de su asistido, sumado a la discapacidad que presenta uno de ellos.
Además, se quejaron por la falta de consideración del estado de salud de C. con relación a la actual situación de pandemia, quien está con tratamiento médico por EPOC, derrame pleural, tabaquismo y tuberculosis latente.
Consideraron que mantener a su asistido en prisión preventiva configura una afectación al principio de mínima trascendencia de la pena, en atención a sus ocho hijos menores.
Asimismo, entendieron que existe una afectación al principio de igualdad ante la ley al no reconocerse la procedencia de la prisión domiciliaria por tener menores a cargo (art. 10 inc. f CP), que sí se concedería si el imputado fuera mujer.
Fecha de firma: 29/01/2021
Firmado por: J.C.G., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.H.B., JUEZ DE CAMARA DE CASACION
Firmado por: D.A.P., JUEZ DE CAMARA 1
Firmado por: L.F.K., SECRETARIO DE CAMARA
35036480#278510133#20210129201700246
Finalmente, señalaron que mantener a su asistido en prisión preventiva afecta el principio de inocencia, en tanto no se vislumbran riesgos procesales, y en consecuencia, solicitaron la prisión domiciliaria como medida menos lesiva al encierro.
Hicieron reserva de caso federal.
III. Que de las constancias traídas a conocimiento de esta instancia surgen elementos que justifican la habilitación de la feria (Acordada 7/09 de la C.F.C.P.).
IV. Que si bien las resoluciones como la aquí impugnada resultan equiparables a sentencia definitiva, ya que pueden ocasionar un perjuicio de imposible, tardía o insuficiente reparación ulterior al afectar un derecho que exige tutela judicial inmediata (Fallos: 310:1835; 310:2245; 311:358...
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