Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 21 de Octubre de 2020, expediente FPO 002372/2020/1/CA001

Fecha de Resolución21 de Octubre de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE POSADAS

FPO 2372/2020/1/CA1

Posadas, a los 21 días del mes de octubre de 2020.

Y VISTOS: El presente expediente, registro “N° FPO

2372/2020/1/CA1 Incidente de Entrega de Bienes Registrables de

B., J.M. en autos “B., J.M. por

Infracción Ley N° 22.415”.

CONSIDERANDO: 1) Que, arriban las presentes actuaciones

al conocimiento y decisión de este Tribunal con motivo del recurso de

apelación articulado por el Dr. J.S.S. en

representación de J.M.B. a fs. 7/9 vta., contra la decisión

recaída a fs. 5/6, a tenor de la cual la Magistrada de la instancia que

antecede dispuso no hacer lugar a la solicitud de restitución del

vehículo automotor a favor de J.M.B..

2) Que, impreso el respectivo trámite en esta Alzada, se

practicaron las notificaciones de rigor a fs. 16 vta. y 17, atento a lo

establecido en el art. 454 del C.P.P.N. se fijó fecha de audiencia por

escrito para el día 05 de octubre del corriente año, a los efectos de la

presentación en formato digital del informe memorial, ello según

consta a fs. 16.

Que, encontrándose debidamente notificada la defensa de J. M.

  1. mediante cedula electrónica Nº 20000037981516 (fs. 16 vta.),

el interesado no ha expresado agravios en tiempo y forma; por lo tanto

y frente a la actual redacción del art. 454, párrafo del C.P.P.N. que

establece: “…si el recurrente no concurriera, se tendrá por desistido

el recurso a su respecto...” ha de concluirse en el sentido indicado por

la norma.

En mérito de lo expuesto, esta Cámara Federal de Apelaciones

de Posadas,

Fecha de firma: 21/10/2020

Alta en sistema: 22/10/2020

Firmado por: A.L.C. DE MENGONI, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: MARIO OSVALDO BOLDU, JUEZ DE CAMARA

Firmado(ante mi) por: M.M.R., SECRETARIA DE CAMARA

RESUELVE:

1) TENER POR DESISTIDO el recurso de

apelación articulado a fs. 7/9 vta. (Art. 454 párrafo, C.P.P.N.).

REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE conforme lo dispuesto por

las Acordadas 31/11 y 38/13 de la C.S.J.N., hágase saber a la

Dirección de Comunicación Pública (Acordada 15/13 de la

C.S.J.N.). Cumplido, remítanse los autos al Tribunal de Origen.

Fdo. Dr. M.O.B.D.. A.L.C. de Mengoni

(Jueces) Ante Mi Dra. M.R. (Secretaria Penal).

Fecha de firma: 21/10/2020

Alta en sistema: 22/10/2020

Firmado por: A.L.C. DE MENGONI, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: MARIO OSVALDO BOLDU, JUEZ DE CAMARA

Firmado(ante mi) por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR