Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 11 de Junio de 2020, expediente CCC 015709/2020/1/CA003

Fecha de Resolución11 de Junio de 2020
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

CCC 15709/2020/1/CA3

Sala

  1. CCC 15709/2020/1/CA3

    C, A D s/excarcelación

    Juzgado Federal n° 5. Secretaría n° 10.

    Buenos Aires, 11 de junio de 2020.

    Y VISTOS

    Y CONSIDERANDO:

  2. Nos encontramos convocados a fin de resolver el recurso de apelación deducido por el Sr. Defensor Público Oficial Dr. G.K. contra la decisión por la que se dispuso no hacer lugar a la excarcelación de A D C bajo ningún tipo de caución (arts. 316 segundo párrafo, 317 y 319 del C.P.P.N y 210, 221 y 222 del C.P.P.F.).

    En dicha ocasión, en la que solicitó abreviación de plazos consentida por el Sr. Fiscal General Adjunto, la Defensa impetró la libertad de su asistido sosteniendo la inexistencia de los riesgos de fuga y/o entorpecimiento en la investigación, entendiendo que corresponde adoptar alguna de las medidas menos gravosas previstas por el art. 210 del Código Procesal Penal Federal.

  3. El 10 de marzo del corriente año, el titular del Juzgado en lo Criminal y Correccional n° 50 decretó el procesamiento del imputado como coautor en la comisión de los delitos de falsificación de documento público y uso de documento público, en concurso real entre sí (arts. 45, 55,

    292 segundo párrafo y 296 del Código Penal), convirtiendo en prisión preventiva su detención (cfr. puntos

  4. y II de fs. 93), decisorio éste que fue confirmado por la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional el pasado 7 de abril.

    Asimismo, y ya radicadas las actuaciones en este Fuero (cfr.

    decisión de fs. 87), el 8 de junio del año en curso la Sra. Juez de grado resolvió ampliar el procesamiento de C como coautor penalmente responsable del delito de encubrimiento agravado por existir ánimo de lucro en concurso ideal con los delitos de falsificación y uso de documento público y sustitución de chapa patente (arts. 45, 54, 277 apartado 1 inciso ‘c’, agravado en función del apartado 3, inciso ‘b’, 292 segundo párrafo,

    296 y 289 inc. 3 del C.P. y arts. 306, 312 y ccdtes del CPPN), decisorio que fue recurrido.

    Fecha de firma: 11/06/2020

    Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.B., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: P.G.L., PROSECRETARIO DE CAMARA

  5. Ahora bien; más allá de lo que en definitiva se concluya con relación al mencionado auto, a efectos de evaluar la procedencia de su excarcelación entendemos, en consonancia con lo dictaminado por el Sr.

    Fiscal Dr. S...

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