Sentencia de CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA PENAL, 28 de Diciembre de 2018, expediente FGR 010169/2016/1/CA001

Fecha de Resolución28 de Diciembre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca General Roca, 28 de diciembre de 2018.

AUTOS Y VISTOS:

Estos autos caratulados “Incidente de nulidad de VIDAL, A.D. en autos: ‘VIDAL, A.D. por infracción ley 23.737’” (Expte.Nº FGR 10169/2016/1/CA1),

venidos del Juzgado Federal N°2 de Neuquén, Secretaría N°2;

y,

CONSIDERANDO:

  1. Que contra el auto de fs.16/vta. que, sin perjuicio de los planteos que formaron parte de la presentación inicial de la Defensoría Oficial, declaró la nulidad de la solicitud fiscal de allanamiento de fs.8/13

    formulada en el marco de actuaciones en trámite ante la justicia de la provincia del Neuquén así como de la declaración indagatoria por ser consecuencia directa de aquélla —todas piezas obrantes en las actuaciones principales que corren por cuerda al presente—, dedujo únicamente el Ministerio Público Fiscal el recurso de apelación de fs.18/21vta.

  2. Que el remedio interpuesto por el MPF resulta sustancialmente análogo al examinado por esta cámara en el día de la fecha al pronunciarse en autos: “Incidente de Nulidad de MENDOZA, D.O. en autos: ‘MENDOZA, D.O. por infracción ley 23.737’” (Expte. Nº FGR

    11199/2015/2/CA1), sent.int.768/18, a cuyos fundamentos corresponde remitir con copia antepuesta a la presente, para evitar innecesarias reiteraciones.

  3. Que lo expuesto conducirá a admitir el recurso deducido por el MPF y revocar el auto recurrido, sin costas Fecha de firma: 28/12/2018

    Alta en sistema: 05/02/2019

    Firmado por: M.R.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.F.G., JUEZ DE CAMARA —1—

    Firmado(ante mi) por: MARIA FEDRA GIOVENALI...

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