Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PENAL, 15 de Noviembre de 2019, expediente FMP 053032133/2010/1/CA001

Fecha de Resolución15 de Noviembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación 53032133 del Plata, 15 de noviembre de 2019.-

VISTO:

Los autos caratulados “Incidente nº 1 Imputado: M., J.G. s/ Incidente de Prescripción de acción penal”, para decidir en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Dr. Santiago Eyherabide, F.F., a fs. 13/14 contra la resolución de fecha 1.. de m.. de 20… que declaró

extinguida por prescripción la acción penal; y CONSIDERANDO:

I) Que arribadas las actuaciones a esta Alzada y cumplido con lo previsto por el art. 454 del C.P.P.N, a fs. que anteceden pasan estos autos a resolver.-

II) Habiendo sido analizado el presente estamos en condiciones de adelantar que no haremos lugar al recurso de apelación interpuesto, en consideración a los argumentos de hecho y derecho que a continuación se pasan a exponer.-

Como cuestión liminar, y antes de analizar el agravio introducido por el recurrente en su líbelo recursivo, tendiente a dilucidar si en el caso deviene aplicable “…la redacción anterior a la modificación del art. 67 del C.P. (ley 25.990)…” (SIC), se colige pertinente advertir que atento a la ostensible dilación en la cual la investigación se ha visto inmersa, debemos examinar si el tiempo que llevan en trámite las presentes actuaciones vulnera el derecho que tiene toda persona a ser juzgada en un plazo razonable.

Cabe destacar que en el caso, a J.M. le recrimina que el día .. de j.. de 201..el nombrado habría presentado en la Seccional Primera de la Policía de T…, ante el funcionario policial competente, un (1) título del A. control nº 1…… apócrifo según constancias de autos, con el objeto de obtener verificación vehicular y confección del formulario 1… del Registro Nacional de la Propiedad del A. correspondiente a la camioneta F.. modelo E… color negra 1.6 .. 4x… X… M…., dominio colocado G…-2…..-

Que el recurrente manifiesta que la prescripción se interrumpe con el primer llamado efectuado a una persona independientemente de la concreción o no de la audiencia prevista en el art. 294 del C.P.P.N..-

Que ante el escenario descripto precedentemente, de acuerdo a las disposiciones del art. 62 inc. 2 del Código de Fondo es viable la prescripción de la acción penal, ya que no ha habido actos interruptivos de la misma. Si bien a fs. 77 obra la citación a prestar declaración indagatoria por exhorto, Fecha de firma: 15/11/2019 Alta en sistema: 20/11/2019 Firmado por: A.O.T., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.P.J., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: R.O.J., SECRETARIO DE...

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