Sentencia de TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA EJECUCION PENAL, 14 de Agosto de 2019, expediente FPA 004382/2014/TO01/13/1

Fecha de Resolución14 de Agosto de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE PARANÁ

raná, de agosto de 2019.-

Y VISTO:

El presente legajo N°FPA 4382/2014/TO1/13 caratulado “SOTELO, M.E. POR INFRACCIÓN LEY 23.737”, traído para resolver y; CONSIDERANDO:

  1. Que a fs. 163/169 se agregó certificación de las partes pertinentes del acta de audiencia procedimiento abreviado, sentencia y cómputo de pena de la Oficina de Gestión de Audiencias, 1° circunscripción de Paraná – Entre Ríos mediante la cual se informa que el 31/10/2018 se condenó a la interna a la “…

    pena de CINCO AÑOS de prisión, comprensiva del remanente de la condena que le resta cumplir a S., pena impuesta en fecha 4/11/2015 por el Tribunal Oral Federal en la causa “S.M.E. S/Tenencia de Estupefacientes para Comercializar”…”.-

  2. Que posteriormente se ordenó correr vista al Ministerio Público Fiscal a fin de que se expida en relación a la competencia de este juzgado para entender en el control de la ejecución de la pena. En este sentido el Sr. Fiscal General, entendió que deviene competente para entender en la ejecución de la pena el Tribunal unificador deviene competente para entender en la ejecución de la pena, por aplicación del art. 58 del Código Penal.

  3. Que conforme lo expresado por el representante del Ministerio Público Fiscal, y las constancias de autos se desprende que la competencia de este Juzgado ha sido desplazada hacia el Tribunal Oral en lo Criminal de Corrientes por ser éste quien entendió en último término. En este sentido debe tenerse presente lo que reiteradamente se ha sostenido en la materia en cuanto a que “…el referido artículo 58, en cuanto consagra y garantiza la unidad de la pena en todo el país, evita que un individuo condenado reiteradamente, pero en distintas jurisdicciones o épocas sucesivas, quede sometido a un régimen punitivo plural…” (conf. C.Nac. Fecha de firma: C.. Penal S.I., 08-09-99 “A.J.C., publicado en Régimen Penal Argentino, Ed. L., Año 2010, pág. 67).

    Por su parte y en similar sentido, el Alto Cuerpo tiene dicho, in Fecha de firma: 14/08/2019 re “Fiscal c/ Bendele, A.E. p/ robo y...

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