Sentencia de CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES, 11 de Julio de 2019, expediente FCT 000054/2019/1/CA001

Fecha de Resolución11 de Julio de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORRIENTES

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES FCT 54/2019/1/CA1 Corrientes, once de julio dos mil diecinueve.

Visto: las actuaciones “Incidente de excarcelación de Martínez

Rodríguez, W.D. por Infracción Ley 23.737”, E.. Nº FCT

54/2019/1/CA1 del registro de este Tribunal, provenientes del Juzgado Federal

de Paso de los Libres.

Considerando:

Que ingresa este legajo a la alzada en virtud del recurso de apelación

interpuesto por la Defensa Oficial a fs. 14/21 vta., contra la Resolución de

fecha 30.01.19 obrante a fs. 08/12, en virtud de la cual la Juez de anterior

grado, rechaza el beneficio excarcelatorio en favor de M.R.,

W.D..

Para referir brevemente el caso de autos, en fecha 14 de enero de 2019,

la prevención destacada en el depósito de encomiendas de la Empresa Vía

Cargo de la ciudad de P.N., calle S.N.° 1518, de la

provincia de Buenos Aires, pudo detectar que el imputado, junto a su consorte

de causa C.P.P.B., se presentó a retirar una encomienda

que fue interdictada con anterioridad –conteniendo material estupefaciente y

con conocimiento de la Juez interviniente, se procedió al secuestro de dicho

material y su reemplazo por material inocuo, para proseguir el tránsito de la

mercadería bajo el sistema de entrega vigilada. Lo que llevó a la instructora a

inferir que se estaba en presencia de una organización dedicada al envío por

medio de encomiendas de material estupefaciente, existiendo otras personas

involucradas dada la logística empleada en el hecho pero que aún no fueron

habidas.

La apelante sostiene que la resolución es nula por carecer de la debida

motivación conforme lo exigido en el Art. 123 del CPPN, dado que si bien

menciona a las causales que autorizan el encarcelamiento preventivo, como

ser el riesgo de fuga y entorpecimiento de la investigación, sin acreditarlos en

Fecha de firma: 11/07/2019 Alta en sistema: 12/07/2019 Firmado por: R.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.G.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: SELVA A.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: C.O.G. DE TERRILE, SECRETARIA DE CAMARA #33079841#239290425#20190711101131645 el caso concreto, limitándose a la escala penal y al delito imputado sin siquiera

contar con el informe socio ambiental como tampoco el de reincidencia.

Agrega que pese a citar el fallo plenario “D.B.”; no sigue sus

conclusiones al punto de realizar una apresurada e incompleta valoración de

los elementos existentes en el expediente, justificando la prisión preventiva en

el hecho de asegurar...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR