Sentencia de CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B, 13 de Septiembre de 2019, expediente CPE 000846/2019/1/CA001

Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2019
EmisorCAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B

Poder Judicial de la Nación INCIDENTE DE INCOMPETENCIA FORMADO EN LA CAUSA N° CPE 846/2019, CARATULADA:

FIBROMAD S.A. S/ INFRACCIÓN LEY 24.769

. J.N.P.E. N° 9, SECRETARÍA N° 18, EXPEDIENTE Nº CPE 846/2019/1/CA1. ORDEN N° 29.463. SALA “B”.

Buenos Aires, de septiembre de 2019 VISTOS:

La cuestión de competencia negativa suscitada entre el Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 9 y el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional de M. Nº 2.

La presentación de fs. 12/13 de este incidente, por la cual el señor F. General de Cámara contestó la vista conferida a fs. 11 del presente.

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, en la causa principal a la que corresponde este incidente, Nº CPE 846/2019, se investigan los hechos vinculados con la evasión presunta de las sumas de $ 2.159.766,55, $ 3.350.580,45 y $ 2.940.744,14 a cuyo pago FIBROMAD S.A. se habría encontrado obligada por el Impuesto al Valor Agregado, correspondiente a los ejercicios 2014, 2015 y 2016, y las sumas de $ 1.078.528,81, $ 4.117.693,27, $ 4.198.284,80 y $ 6.826.316,59, por el Impuesto a las Ganancias, correspondiente a los períodos fiscales 2013, 2014, 2015 y 2016, respectivamente.

    La causa mencionada anteriormente se formó a raíz de la extracción de testimonios que fue dispuesta por el señor juez a cargo del Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nº 9, en el marco de la causa Nº CPE 865/2017, en la cual se investiga “…un grupo de personas que perseguirían el objetivo común de evadir tributos y facilitar a terceros facturación electrónica apócrifa…”

    (confr. fs. 1/2vta.).

  2. ) Que, por la resolución que en copia luce a fs. 1/2 vta., el señor juez a cargo del Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nº 9 declaró la incompetencia del tribunal a su cargo para intervenir en estas actuaciones y remitió la causa a la Cámara Federal de San Martín para que se desinsaculara el Fecha de firma: 13/09/2019 juzgado que debería intervenir, por considerar que: “…los supuestos hechos de Alta en sistema: 18/09/2019 Firmado por: R.E.H., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.J.G., PROSECRETARIO DE CAMARA #33960487#244180572#20190913084704068 Poder Judicial de la Nación evasión tributaria se habrían configurado en La Tablada, provincia de Buenos Aires, donde Fibromad SA registraba sus domicilios fiscales…”, y que: “…

    según el art. 37 del CPPN, resulta competente en razón del territorio el tribunal de la circunscripción jurisdiccional donde se hubiera cometido el delito investigado. Por regla general, el...

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