Sentencia de CAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B, 2 de Septiembre de 2019, expediente CPE 000581/2018/2/5/1/CA010

Fecha de Resolución 2 de Septiembre de 2019
EmisorCAMARA PENAL ECONOMICO - SALA B

CPE 581/2018/2/5/1/CA10 INCIDENTE DE EXCARCELACIÓN DE S.V.; FORMADO EN EL LEGAJO DE PRUEBA N° CPE 581/2018/2, J.N.P.E. N° 2 SECRETARÍA N° 3. EXPEDIENTE N° CPE 581/2018/2/5/1/CA10. ORDEN N° 29.488. SALA “B”.

Buenos Aires, de septiembre de 2019.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto a fs. 128/132 vta. por la defensa de S.

V. contra la resolución de fs. 118/122, por la cual el señor juez a cargo del juzgado “a quo” no hizo lugar a la solicitud de excarcelación del nombrado.

El memorial obrante a fs. 141/144 vta. por el cual la defensa de S.V.

informó en los términos previstos por el art. 454 del C.P.P.N.

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, no obstante encontrarse discutida la competencia material de este fuero para intervenir en las presentes actuaciones, en virtud del recurso de casación interpuesto por el señor F. General contra la resolución dictada por esta Sala “B”, que motivó la remisión del expediente a conocimiento del fuero en lo Criminal y Correccional Federal (confr. CPE 581/2018/2/7/CA5, res. del 23/05/19, Reg. 353/19 y res. del 14/06/19, Reg. 415/19, de esta Sala “B”), toda vez que aún no se ha expedido la Cámara Federal de Casación Penal sobre la situación planteada sobre aquella cuestión, corresponde a este Tribunal intervenir en el recurso traído a estudio.

  2. ) Que, por el pronunciamiento dictado a fs. 65/71 del presente incidente, este Tribunal, con una conformación parcialmente distinta a la actual, dispuso confirmar la resolución por la cual el juzgado “a quo” había rechazado la solicitud de excarcelación efectuada a favor de S.

    V. (confr. CPE 581/2018/2/5/1/CA4, res. del 04/04/19, Reg. Interno N° 198/19, de esta Sala “B”).

    Contra la mencionada resolución la defensa del nombrado interpuso un recurso de casación que resultó denegado, por los fundamentos que surgen de la resolución agregada a fs. 90/92 (confr. CPE 581/2018/2/5/1/CA4, res. del 23/04/2019, Reg. Interno N° 235/2019 de esta Sala “B”).

    Fecha de firma: 02/09/2019 Firmado por: R.E.H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: CAROLINA ROBIGLIO, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.C.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: F.R., SECRETARIO DE CAMARA #33299421#243022074#20190830131814672 CPE 581/2018/2/5/1/CA10 3°) Que, en oportunidad de informar en los términos del art. 466 del C.P.P.N., en el marco del incidente de incompetencia que tramita ante la Sala 1 de la Cámara Federal de Casación Penal (Expte. 581/2018/2/7/CFC1), la defensa de S.

    V. expresó que “...El presente recurso tiene por objeto la modificación de la resolución atacada concediéndose el beneficio de la excarcelación a S.V.

    ordenándose su inmediata libertad…”, circunstancia que motivó la extracción de testimonios de aquella presentación y la remisión de los mismos al juzgado de la instancia anterior a fin de diera curso a la solicitud de excarcelación del nombrado la cual, una vez sustanciada, fue rechazada por el señor juez “a quo” (confr. fs.

    187/196 vta., 112 y 118/122).

  3. ) Que, por el recurso de apelación interpuesto a fs. 128/132 vta., la defensa de S.

    V. se agravió de la resolución apelada argumentando que la resolución atacada “…carece de los extremos necesarios de fundamentación para considerarse un acto jurisdiccional válido, dado que la forma de decidir del JPE ha violado la garantía al debido proceso…e incluso la garantía de igualdad…”.

    Refirió que resulta inconstitucional el art. 26 de la ley 24.767 y expresó que S.

    V. optó por ser juzgado en Argentina por lo que el juzgado de la instancia anterior tendría la posibilidad de otorgar la excarcelación, y la obligación de hacerlo para respetar el principio de inocencia.

    Señaló...

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