Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 3 de Octubre de 2019, expediente FPO 006461/2017/TO01/3/1

Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2019
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE POSADAS FPO 6461/2017/TO1/3/1 Posadas, 03 de octubre de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en el presente Incidente de Ejecución Nº FPO 6461/2017/TO1/3/1 caratulado "PODELEY, BONIFACIO s/ INCIDENTE DE SALIDAS TRANSITORIAS” (en Expte. P.. Nº FPO 6461/2017/TO1/3 caratulado “PODELEY, B. s / Legajo de Ejecución de Sentencia”), la procedencia de las salidas transitorias solicitadas por el encartado, BONIFACIO PODELEY; Y CONSIDERANDO:

Que, el 24 de agosto del año 2.018, el Excmo.

Tribunal Oral en lo Criminal de Federal de Posadas, dictó sentencia de conformidad a las normas del Juicio Abreviado en la causa, en modo UNIPERSONAL (art. 354 del C.P.P.N. -modificado por Ley 27.307- y arts. 9 inc. c) y 11 apartado II, inciso 3 -que sustituye el art. 32 del C.P.P.N.- de la Ley 27.307), en la causa Nº FPO 6461/2017/TO1 caratulada: “PODELEY B. s/ infracción ley 23737 (art.5 inc.c), condenando a BONIFACIO PODELEY, titular del D.N.

  1. Nº 36.095.807, de nacionalidad argentina, a la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN, más EL MÍNIMO DE LA MULTA prevista, ACCESORIAS LEGALES y COSTAS como AUTOR penalmente responsable del delito de TRANSPORTE DE ESTUPEFACIENTES (art. 5 inc. “c” de la ley 23.737 y arts. 12, 21, 29, inc. 3° y 45 del Código Penal).-

Encontrándose alojado en la Colonia Penal de Candelaria (U-17), cumpliendo la pena señalada, presentó escrito en el cual peticiona su incorporación al RÉGIMEN DE SALIDAS TRANSITORIAS ORDINARIAS DEL PERÍODO DE PRUEBA DE LA PROGRESIVIDAD DE LA PENA, a lo que la Dirección de la U.17 del S.P.F. de Candelaria, adjuntó

los informes correspondientes y ésta M. solicitó informes actualizados al Registro Nacional de Reincidencia, a fin de resolver la presente incidencia.

Fecha de firma: 03/10/2019 Alta en sistema: 09/10/2019 Firmado por: NORMA LAMPUGNANI , JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.F., SECRETARIO - JUZGADO DE EJECUCIÓN PENAL FEDERAL POSADAS-

Se destaca también su desenvolvimiento durante la privación de libertad, no presentando problemas de convivencia y tiene un buen desenvolvimiento entre la población penal, por lo que es merecedor de un buen concepto. Su tránsito por las diferentes etapas de la Progresividad del Régimen Penitenciario ha demostrado su buena predisposición al cumplir con la totalidad de los objetivos propuestos en los diferentes aspectos que conforman el Programa de Tratamiento Individual, el interno ha cumplido satisfactoriamente con los objetivos propuestos en su tratamiento, internalizando positiva y favorablemente las pautas a cumplimentar, reuniendo los requisitos legales, reglamentarios y temporales exigidos para el usufructo del...

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