Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 4 de Mayo de 2018, expediente FSA 017413/2015/TO01/5/1

Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA - SECRETARIA EJECUCION PENAL

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SALTA N ° 1 EJECUCIÓN DE SENTENCIA TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE SALTA EJECUCIÓN DE SENTENCIA PROTOCOLIZADO LIBRO Nº ....................ES REGISTRO Nº………………………

FOJAS……….…………………FECHA………………....……….

SECRETARIO Salta, de abril de 2018 . CC AUTOS Y VISTO: este Expediente 17413/ 2015 “Incidente Nº 1 IMPUTADO:

ESCALERA ROJAS, JUAN s/INCIDENTE DE LIBERTAD CONDICIONAL”, de

EJECUCIÓN DE SENTENCIA DEL TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL

FEDERAL DE SALTA, y,

CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO:

Que J. ESCALERA ROJA en fecha 31 del mes de marzo del año 2.017, fue

condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Salta en el Expediente FSA

17413/2015/TO1 (iniciado en el Juzgado Federal de Orán), a la pena de CUATRO AÑOS

de prisión más la inhabilitación por el término de la condena, multa de pesos $ 225,00

como responsable del delito de transporte de estupefacientes (art. 5 inciso “c” de la ley

23.737 y arts. 12 del CP) y las costas del proceso (artículo 29 del Código Penal).

Que en fecha 23 de febrero del año 2.018, se resolvió hacer lugar a la reducción

temporal de CUATRO (04) MESES para la promoción del penado Juan ESCALERA

ROJAS, dentro de la progresividad del régimen penitenciario fijándose como nueva fecha

para el acceso al periodo de la Libertad Condicional el día 01 de febrero del año 2.018.

Que la Dirección Nacional de Migraciones dictó la disposición N° SDX 211719, que

declara la ilegalidad de la permanencia en el territorio nacional del extranjero J.

ESCALERA ROJAS, ordenando su expulsión con prohibición de reingreso permanente,

disposición que fuera recurrida como recurso jerárquico.

Que el nombrado y su Defensa han solicitado su incorporación al período de Libertad

Condicional.

Fecha de firma: 04/05/2018 Firmado por: M.L.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.E.C., SECRETARIA DE CÁMARA #31288967#204196049#20180420170502689 Que se encuentran agregados los informes confeccionados por el establecimiento

penitenciario en relación al beneficio solicitad de los que surge: INFORME DE LA

SECCIÓN ASISTENCIA SOCIAL (fs. 11/15): el interno cuenta con referente social y

domicilio concreto para acceder al período de libertad, cuenta con proyección laboral, por

lo que se expidió de manera favorable a la incorporación del mismo al medio libre.

INFORME LABORAL (fs. 16): concurre con regularidad a su actividad laboral.

INFORME PSICOLÓGICO (fs. 16): no presentó indicadores psicopatológicos de

significación. INFORME PSIQUIÁTRICO (fs. 10): No presentó peligrosidad para sí

mismo ni para terceros, ni patología psiquiátrica, conducta estable. INFORME DE LA

SECCIÓN EDUCACIÓN (fs. 19): el causante se encuentra incorporado a las actividades

educativas, por lo que se expiden de manera favorable. INFORME TÉCNICO

CRIMINOLÓGICO (fs. 21): se desprende que se encuentra en condiciones temporales de

acceder al período de la Libertad Condicional por recompensa educativa, ostentado como

calificación en conducta EJEMPLAR NUEVE (9) Y CONCEPTO MUY BUENO SIETE

(07), correspondiente al...

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