Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 15 de Marzo de 2018, expediente FSA 013558/2017/1/CA001

Fecha de Resolución15 de Marzo de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I FSA 13558/2017/1/CA1 Salta, 15 de marzo de 2018.

Y VISTA:

Esta causa nro. FSA 13558/2017/1/CA1 caratulada: “Incidente de Excarcelación de R.V., J.A.”, originaria del Juzgado Federal de Orán, y RESULTANDO:

1) Que se reciben estas actuaciones en virtud del recurso de apelación interpuesto por la Defensa Oficial de J.A.R.V. en contra del auto del 7/11/17 por el que se le denegó su excarcelación (fs. 29/32).

En su presentación de fs. 35/41 la defensa señala que le causó agravio la resolución porque no se expresó de manera objetiva y circunstanciada cuáles serían los riesgos procesales que concurrirían en caso de concederse la libertad a su asistido.

Indica que el J. denegó el pedido basándose principalmente en la gravedad de la pena del delito atribuido, sin tener en cuenta que no existe peligro de que el imputado pueda entorpecer la investigación.

Finalmente, destaca que su defendido desde que fue detenido el 25/7/17 se encuentra alojado en el Escuadrón N°20 de la Gendarmería Nacional en estado de hacinamiento, por lo que corresponde otorgarle su excarcelación.

Por su parte, el Defensor Oficial ante esta Alzada solicita que se tenga por fundado el recurso con los Fecha de firma: 15/03/2018 Alta en sistema: 16/03/2018 Firmado por: L.R.R.B. Firmado por: ERNESTO SOLA 1 Firmado por: M.I.C. Firmado(ante mi) por: SANTIAGO FRENCH #30195701#201236533#20180315092414934 argumentos esgrimidos por su par de la instancia anterior (cfr. fs.

58).

2) Que el F. General S. considera que no corresponde hacer lugar al recurso porque la escala penal del delito en el cual se subsumió la conducta de R.V. impide que el cumplimiento de una eventual condena sea condicional, a lo que agregó la naturaleza y gravedad del hecho que se le imputó, como también la seriedad, la contundencia de las pruebas obtenidas y la etapa procesal en la que se encuentra la causa principal (fs. 71/72).

Destaca que el imputado no posee arraigo y fue sorprendido en plena ejecución del ilícito, cuando trasladaba cocaína en compartimentos del vehículo en el que viajaba, circunstancias que hacen aplicable una restricción de mayor entidad coercitiva ante su riesgo de fuga.

CONSIDERANDO:

1) Que, ante todo, interesa puntualizar que la causa principal en la que R.V. se encuentra detenido está radicada desde el 14/2/18 ante el Tribunal Oral Federal de Salta N°1, conforme se desprende del registro del sistema Lex 100.

En esas condiciones, se advierte que en incidencias análogas a la presente, en las que la causa principal se encontraba radicada en el tribunal de juicio, esta S. consideró

que había perdido la jurisdicción para decidir en razón del riesgo en el que se podía incurrir de producirse decisiones contradictorias Fecha de firma: 15/03/2018 Alta en sistema: 16/03/2018 Firmado por: L.R.R.B. Firmado por: ERNESTO SOLA 2 Firmado por: M.I.C. Firmado(ante mi) por: SANTIAGO FRENCH #30195701#201236533#20180315092414934 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I FSA 13558/2017/1/CA1 o una interferencia jurisdiccional indebida por parte de quien se desprendió de la causa y, consecuentemente, no solo había transferido hacia otro Tribunal el ejercicio de la jurisdicción, sino que, a raíz de ello, carecía ya de imperium para ejecutar las decisiones que se le reclamaban (cfr. in re “Incidente de prisión domiciliaria de G., A.M.” del 19/5/16; “Llanos, H.G. s/ inc. de excarcelación” del 1/6/16; entre muchas otras).

Sin embargo, dicho criterio fue dejado sin efecto por la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal en la causa “Assef, M.F. s/ recurso de casación” resuelta el 25/8/16, lo que es compartido por la mayoría de las distintas salas de ese Tribunal (cfr. S.I. “Tobares, M.E. s/ recurso de casación” del 20/5/16; S.I., “D.M., L.C. s/

recurso de casación” del 10/5/16 y, finalmente, Sala IV voto mayoritario en “Nieva, M.C. s/ recurso de casación” del 15/7/16 y “G., A.M. s/ recurso de casación” del 9/9/16).

En este sentido, constante jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia tiene dicho que sus sentencias no son vinculantes ni obligatorias fuera de los casos contenciosos que resuelvan, más entrañan una sujeción moral, de modo que los restantes tribunales pueden...

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