Sentencia de TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3, 5 de Febrero de 2018, expediente CFP 007006/2013/1/CA002

Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2018
EmisorTRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL 3

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL DE FERIA N° 1 CFP 7006/2013/1/CA2 Causa nº 1637/13 “M.A., J.C. y otro s/ inf. ley 23.737 y arts. 104, 189 bis, apdo. 2, tercer párrafo, y 277, inc. ‘c’, segundo párrafo, del C.P

incidente de excarcelación de J.C.M.A.”

T.O.F. n° 3 Registro n° 7822 Buenos Aires, 5 de enero de 2018.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I.Q., a fs. 837/57, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 3, condenó a J.C.M.A. a las penas de seis años y ocho meses de prisión, multa de mil pesos ($1.000), accesorias legales y costas, por considerarlo coautor penalmente responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, agravado por haberse servido de una menor de edad, en concurso real con tenencia ilegítima de arma de uso civil y abuso de arma de fuego, éstos últimos en calidad de autor (arts. 12, 29, inc. 3°, 45, 104, primer párrafo, y 189 bis, inc. 2°, tercer párrafo, del Código Penal, 5, inc. “c”, y 11, inc. “a”, de la ley 23.737 y 403, 530 y 531 del Código Procesal Penal de la Nación).

Asimismo, conforme surge de fs. 981/92, en lo que aquí respecta la sentencia fue confirmada, con excepción de la imposición de las accesorias legales y la pena impuesta al nombrado, por la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, el 7 de abril de 2016, encontrándose pendiente de resolución el recurso de queja interpuesto por la defensa ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (ver fs. 1030).

Fecha de firma: 05/02/2018 Alta en sistema: 06/02/2018 Firmado por: A.F.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: D.L.G., SECRETARIO DE JUZGADO #8762540#196855741#20180206133455476 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL DE FERIA N° 1 CFP 7006/2013/1/CA2

  1. Que, a fs. 42, la defensa de M.A. solicitó su excarcelación en los términos del art. 317, inc. 5°, del código de rito, en virtud del tiempo que lleva detenido y la pena impuesta en autos.

  2. Que, a fs. 44/5 el señor fiscal señaló

    que no debía concederse el beneficio solicitado por no contar el tribunal con el informe en que se pronostique, en forma individualizada y favorable, la reinserción social de M.A.. Agregó que “...reiteradas veces he dictaminado que la concesión de la libertad condicional ó

    de la excarcelación bajo esos términos, no debe realizarse de manera automática, por el mero transcurso del tiempo, sino que es deber de la autoridad judicial verificar y ponderar, en cada caso en particular, el cumplimiento de cada una de las condiciones exigidas por la ley.”

  3. ...

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