Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 1, 30 de Marzo de 2017, expediente FRE 007681/2016/1/CA001

Fecha de Resolución30 de Marzo de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia Secretaría Penal N°1 SISTENCIA, a los treinta días del mes de marzo del año dos mil diecisiete.-

Y VISTO:

El presente expediente, registro N° FRE 7681/2016/1/CA1, caratulado: “Incidente de Excarcelación de C., P.J.”, proveniente del Juzgado Federal de Reconquista; y RESULTA:

  1. - Que a fs. 01/03 el Defensor Público Oficial, D.J.E.A., en representación de P.J.C., solicita el beneficio de la excarcelación de su OFICIAL defendido.

    A fs. 05/08 vta. la Sra. Fiscal Federal Subrogante entiende que en autos se dan los presupuestos de peligrosidad procesal respecto del encausado, USO dictaminando por el rechazo de dicha solicitud.

  2. - Oída la Representante del Ministerio Público Fiscal, a fs. 09/10 vta. el Sr. Juez de Primera Instancia resuelve no hacer lugar al beneficio impetrado, estimando que existe riesgo procesal en la especie, siendo que aún se encuentran pendientes de producción medidas de prueba ordenadas.

    Refiere el Juzgador a la hipótesis fáctica indagada y a la imputación endilgada al imputado: Tenencia de Estupefacientes con fines de comercialización (arts. 5º

    inc. “c” Ley 23.737), señalando que ha delegado la investigación en el Ministerio Público Fiscal (art. 196 CPPN), por lo que aún resta a la instrucción disponer la realización de medidas procesales pendientes de producción que tienden al esclarecimiento de la causa.

    Entiende que, de regresar el imputado a los mismos lugares que son escenarios de investigación se colocaría en óptimas condiciones de contactarse con Fecha de firma: 30/03/2017 terceras personas que pudieran estar involucradas en la Firmado por: ANA VICTORIA ORDER, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.L.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA Firmado(ante mi) por: R.A. , SECRETARIA DE CÁMARA #29086704#175062691#20170330121510094 Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia Secretaría Penal N°1 cadena de tráfico ilícito de estupefacientes con la finalidad de procurar su impunidad como así también la de aquéllos.

    Por último, resalta que el imputado registraba un pedido de captura ante la justicia ordinaria desde el 29 de abril de 2015, lo cual refuerza la hipótesis de que estando en libertad optará por evadir el accionar de la justicia.

  3. - Que a fs. 12/15 vta. la defensa técnica de C. deduce apelación contra el mencionado resolutorio.

    Argumenta que la denegatoria deviene arbitraria por cuanto no se advierten indicios de peligrosidad procesal en el imputado, puesto que no se ha demostrado concretamente que intentará burlar el accionar judicial, OFICIAL ni mucho menos de qué manera podría, de recuperar su libertad, entorpecer las investigaciones de las pruebas pendientes siendo que las mismas se encuentran dentro de USO la órbita de las fuerzas de seguridad, resultando imposible que modifique su curso.

    Entiende que el J. de grado fundamenta su resolución en la eventual pena que pudiera recaer sobre su asistido, al referir que el encartado se encuentra imputado por el delito de Tenencia de Estupefacientes con fines de comercialización (art. 5to. inc. c, Ley 23.737)

    cuya escala penal conmina en abstracto, lo que importa la posibilidad de una fuerte condena en su contra.

    Por último, entiende que la resolución en crísis peca de arbitraria, por cuanto el a quo no valoró las condiciones personales del imputado, como ser que posee arraigo en la Ciudad de Reconquiste -SF- donde convive con familiares, que trabaja y en ningún momento intentó

    sustraerse al accionar de la Justicia.

  4. - A fs. 17 el Sr. Juez Federal de Primera Instancia concede el recurso intentado, ordenando la remisión de las presentes actuaciones a esta Cámara Federal de Apelaciones.

    Fecha de firma: 30/03/2017 Firmado por: ANA VICTORIA ORDER, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.L.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA Firmado(ante mi) por: R.A. , SECRETARIA DE CÁMARA #29086704#175062691#20170330121510094 Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia Secretaría Penal N°1 5.- Arribados los autos se notifica a las partes su radicación a fs. 32, agregándose a fs. 34 escrito por el cual el Señor Fiscal General, Dr. F.M.C., hace saber que adhiere al recurso intentado por la defensa.

    Habiéndose cumplimentado con el pertinente trámite de ley, a fs. 36 se decreta audiencia conforme el art. 454 CPPN, la cual se perfecciona en forma escrita con el memorial presentado por el Sr. Fiscal General, Dr.

    F.M.C. –fs. 38 vta.-, donde reitera su adhesión al recurso de apelación interpuesto por el Defensor Público Oficial, considerando que no se advierten indicios de peligrosidad procesal en el imputado. Resalta OFICIAL que del informe socio-ambiental surge que el mismo posee residencia fija donde convive junto a su grupo familiar y que no posee antecedentes penales merituables en función del presente incidente.

    USO Asimismo a fs. 39/44 vta. obra memorial presentado por el Defensor Público Oficial, oportunidad en que reitera y...

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