Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 26 de Octubre de 2017, expediente FTU 020073/2014/TO01/1

Fecha de Resolución26 de Octubre de 2017
EmisorTRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TUCUMAN

Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE TUCUMÁN Expte: 20073/2014 CAUSA: “Incidente Nº 1 - IMPUTADO: FRÍAS, MAGDALENA ISABEL s/SUSPENSIÓN DE PROCESO A PRUEBA”

San Miguel de Tucumán, 26 de octubre de 2017.- MLM AUTOS Y VISTOS:

Que vienen estos autos a estudio del Tribunal a los fines de resolver lo relativo a la extinción de la acción penal por cumplimiento del instituto previsto por el art. 76 bis, ter y quater del Código Penal en relación a M.I.F., y, CONSIDERANDO:

Que atento informe de la Secretaría de Ejecución Penal de fs. 39, las tareas asignadas a M.I.F. han sido cumplidas, obligación impuesta mediante la resolución que concedió el beneficio de la suspensión del juicio a prueba en fecha 17 de febrero de 2016, obrante a fs. 19/20 y vta. de autos, circunstancia que según la norma del art. 76 ter, párrafo cuarto del Código Penal, da lugar a la extinción de la acción penal.

Asimismo, a fs. 44/49 rola informe del Registro Nacional de Reincidencia de donde surge que M.I.F., no registra antecedentes penales.

Fecha de firma: 26/10/2017 Alta en sistema: 07/11/2017 Firmado por: DRA. M.A.N., JUEZA DE CAMARA Firmado por: DR. G.E. CASAS, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: DR. C.E.I.J.M., PRESIDENTE Firmado(ante mi) por: DR. HUGO CESAR DEL SUELDO PADILLA, SECRETARIO DE CAMARA #27700634#191340554#20171030115906628 Poder Judicial de la Nación TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE TUCUMÁN A su turno, corrida vista al representante del Ministerio Público Fiscal, se pronunció a fs. 51, manifestando que: “este Ministerio Público considera que se cumplió con los fines pretendidos por el instituto de la suspensión de juicio a prueba y, consecuentemente, resulta procedente la extinción de la acción penal de la imputada M.I.F. (art. 76 ter CP)”.

En efecto, de la compulsa de las constancias emitidas por la Dirección de Higiene Urbana de la Municipalidad de San Miguel de Tucumán, que glosan a fs. 26/38, consta que M.I.F., cumplió las tareas impuestas por la resolución que concedió el beneficio. Además, a fs. 40 rola agregado comprobante de pago de multa.

Así, se encuentran cumplidos los requisitos del art. 76 ter del CP, ya que la probada no ha cometido nuevo delito durante el tiempo por el cual se suspendió el juicio a prueba y ha cumplido con las reglas de conducta oportunamente impuestas.

En consecuencia, corresponde declarar extinguida la acción penal intentada en contra de M.I.F., de las condiciones personales que constan en autos...

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