Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 3, 13 de Enero de 2017, expediente FSM 009059/2016/1/CA001

Fecha de Resolución13 de Enero de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I - SECRETARIA PENAL 3

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 3 Causa N° 9059/2016/1/CA1 (7819).“Incidente Nº 1 -

IMPUTADO: VARGAS, C.E. s/INCIDENTE DE EXCARCELACION”. Juzgado Federal de Campana. Secretaria Nº3.

Registro de Cámara: 7768 M., 13 de enero de 2017.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Llegan estas actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido por la defensa de C.E.V., contra la resolución de Fs. 7/8, que dispuso no hacer lugar a la excarcelación del nombrado bajo ningún tipo de caución (Arts. 317, inc. 1°, en función del 316 “a contrario sensu”, y 319 del Código Procesal Penal de la Nación).

En función de las constancias que se desprenden de la resolución apelada y de los autos principales, se le imputa provisoriamente a V. el delito de tráfico de estupefacientes en las modalidades de transporte, comercio y tenencia con fines de comercialización, agravado por el número de personas intervinientes (Arts. 5to. inc. "c" y 11, inc. "c" de la Ley 23.737).

L. cabe señalar que se coincide con la decisión de primera instancia, basada en los argumentos que dieron lugar a la conformación de su procesamiento, el cual fue ratificado en el día de la fecha por este Tribunal.

En primer lugar, debe indicarse que esta Alzada viene sosteniendo que ante delitos relacionados con el tráfico de estupefacientes, no se puede dejar de valorar la gravedad del hecho basado en la trascendencia e inquietud general que la conducta ilícita implica, el daño social y la extensa potencialidad lesiva hacia la salud pública que generan estos ilícitos (Cfr., entre otras, Causa 2672/09 “Inc. E.. B., -1-

Fecha de firma: 13/01/2017 Firmado por: M.D.F., Firmado por: M.M. Firmado(ante mi) por: C.G.B., SECRETARIO DE CAMARA #28788572#170529992#20170113142512118 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA I-SEC. PENAL N° 3 Causa N° 9059/2016/1/CA1 (7819).“Incidente Nº 1 -

IMPUTADO: VARGAS, C.E. s/INCIDENTE DE EXCARCELACION”. Juzgado Federal de Campana. Secretaria Nº3.

Registro de Cámara: 7768 M.I.”, rta. 28/01/12, Reg. N°5128 de esta Secretaría, y sus citas). La expectativa de pena prevista en la calificación legal del delito respalda el argumento precedente.

Adquiere así relevancia para este supuesto, la presunción “iuris tantum” de fuga, que el legislador ha establecido en relación a los hechos que superen los ocho años de prisión. Es preciso destacar que en el fallo “P.”, refiriéndose a su voto en el plenario...

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