Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 19 de Octubre de 2016, expediente FSA 012650/2015/1/CA001

Fecha de Resolución19 de Octubre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I FSA 12650/2015/1/CA1 Salta, 19 de octubre de 2016.

Y VISTA:

Esta causa N° 12650/2015/1 caratulada:

BARRIOS, N.D.s.ón de prisión

proveniente del Juzgado Federal de Orán, y RESULTANDO:

  1. Que se elevan estas actuaciones en virtud del recurso de apelación interpuesto por la defensa de N.D.B. en contra del auto de fs. 53/54 y vta. por el que se dispuso denegar la eximición de prisión solicitada a su favor de conformidad a lo establecido por el art. 319 del CPPN.

  2. Que el apelante sostuvo que los fundamentos del auto que cuestiona son contrarios a los fines del proceso legal, ya que el éxito de la investigación no se resentirá con la excarcelación de su defendido sino que, por el contrario, alegó que favorecerá el esclarecimiento de los hechos permitiendo al imputado presentarse en libertad y aclarar su situación.

    Por otro lado, expresó que la imputación genérica formulada en su contra, despojada de elementos de juicio, carece de toda legalidad y fundamento, discrepando en cuanto al riesgo de elusión, ya que de la propia presentación rechazada surge la voluntad de su asistido de estar a derecho.

    Finalmente, indicó que no se tuvo en cuenta que se propuso como caución un bien inmueble de propiedad de su asistido, lo cual estimó suficiente para garantizar su sujeción al proceso (cfr. fs. 55 y vta.).

  3. Que en la audiencia de informes que en esta sede se llevó a cabo en los términos del art. 454 del CPPN el pasado 12 de este mes y año, el defensor de N.D.B. mencionó que uno de los principales argumentos para denegarla consistió en que el nombrado tendría a su cargo “los negocios para lavar los activos”, pero que esta última figura fue dejada de lado en el auto de procesamiento, destacando además que su defendido ofreció

    Fecha de firma: 19/10/2016 Firmado por: A.A.C. Firmado por: L.R.R.B. Firmado por: ERNESTO SOLA Firmado(ante mi) por: SANTIAGO FRENCH #27844839#164827530#20161019114822781 suficientes garantías de sujeción al proceso, entre las que mencionó

    aquellas de orden real.

    Por lo tanto, solicitó a esta se autorice que su defendido participe en libertad del proceso penal.

    Se opuso a ello el F. General, destacando que B. este imputado se encuentra prófugo, lo que avala que se rechace el pedido de emisión de prisión.

  4. Que para denegar el pedido, el Instructor tuvo en cuenta la naturaleza y gravedad del delito endilgado con el secuestro de 311 kilos de clorhidrato de cocaína, la penalidad de la figura en la que se encuadró prima facie el hecho (transporte de estupefacientes agravado por el número de intervinientes) cuya participación del apelante se presume, consignando en ese sentido los informes QS 5-0018/159 de fecha 19/10/15 (fs. 58/74, pag. 16-18) y QS 5-0018/183 de fecha...

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