Incidente Nº 1 - DENUNCIANTE: L., J. J. s/INCIDENTE DE RECUSACION

Número de expedienteFLP 009719/2015/1
Fecha10 Mayo 2016
Número de registro152990944

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II FLP 9719/2015/1 La Plata, 10 de mayo de 2016.-

AUTOS Y VISTOS: Para resolver en este expediente Nº FLP 9719/2015/1 caratulado "Incidente de recusación de Losinno, J.J.", que guarda relación con la causa principal del registro del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional de La Plata Nº

3; CONSIDERANDO:

I.M. la intervención del Tribunal la recusación planteada contra la señora magistrada, doctora O.Á.C., relativa a la causa Nº

FLP 9719/2015 en cuyo marco entiende como miembro de la Sala Segunda de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata. Dicha presentación fue efectuada a fojas 8/9 de este incidente por el doctor J.J.L., quien actuó como representante de C.G. en la causa de mención. A su turno, a fojas 13 la funcionaria cuya intervención se impugna acercó a las actuaciones un informe circunstanciado, de acuerdo a las previsiones del artículo 61 del Código Procesal Penal de la Nación. En oportunidad de celebrarse la audiencia que ordena la misma norma, la parte recusante informó -de manera escrita- a fojas 15/17.

  1. A través de la pieza que da origen a esta incidencia, el letrado, en primer lugar, delimita su pretensión y manifiesta que el planteo de apartamiento se halla enmarcado en los términos del artículo 55, inciso 11, del Código Procesal Penal de la Nación, por estimar que la señora Jueza de Cámara mantiene una amistad íntima y/o frecuencia de trato con el doctor C.Á. (ver fojas 8).

    Seguidamente, trae a colación que el nombrado J. ha considerado a su vez, en el sumario principal, que podría verse involucrado en los denunciados en autos.

    Agrega que, en su oportunidad, la excusación de dicho juez fue formalmente aceptada por los entonces integrantes de la Sala, incluyendo la doctora O.F. de firma: 10/05/2016 Firmado por: JULIO VICT0R REBOREDO, JUEZ FEDERAL Firmado por: C.R.C., JUEZ DE CAMARA INTEGRANTE Firmado(ante mi) por: A.S.L.P., SECRETARIO FEDERAL #28210481#152990944#20160510134141467 Á.C., para lo cual aporta copias a fojas 6/7 (cfr. fojas 81/82 del principal).

    Asimismo, enumera una serie de consideraciones sobre el contenido de la resolución recaída en esos autos con respecto al recurso por él interpuesto, y formula sus personales apreciaciones sobre los fundamentos vertidos en el voto de la recusada (ver fojas 8/vuelta). Relata que pudo acceder a través de internet a un número de publicaciones, de acuerdo a las cuales asevera el abogado que se han reunido vestigios suficientes para tener por cierto que ambos magistrados mantienen una relación de amistad. A dicho efecto, acompaña impresiones de las consultas efectuadas mediante la red pública (ver fojas 1/5). R. cada uno de estos presuntos indicios y concluye que ellos acreditan una familiaridad de trato, como también que es un aditamento que los jueces resulten "compañeros de trabajo en la misma Sala" (ver fojas 8 vuelta).

    Solicita entonces la separación de la funcionaria y, por otro lado, peticiona que se declare la nulidad de todo lo por ella actuado (ver fojas 9).

  2. Mediante el informe que prevé el artículo 61 del código de forma, la señora magistrada recepta en forma negativa la solicitud del profesional. En esa dirección, estima que la frecuencia de trato con su colega es inevitable merced tanto a prestar funciones compartidas en idéntica Sala como a la actuación de ambos a nivel del tribunal, en materias de superintendencia y de plenarios.

    Interpreta que es justamente esa asiduidad en la relación profesional lo que lleva al recusante a confundirla con la idea que encierra el concepto de amistad, y que pese a ello esta última no ha sido demostrada mediante la prueba ofrecida (ver fojas 13).

    Remarca que si bien se ha sindicado a varios funcionarios en la causa de origen, no se ha denunciado formalmente al doctor C.Á..

    Fecha de firma: 10/05/2016 Firmado por: JULIO VICT0R REBOREDO, JUEZ FEDERAL Firmado...

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