Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 16 de Marzo de 2018, expediente CFP 009113/2014/1/CA001

Fecha de Resolución16 de Marzo de 2018
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 9113/2014/1/CA1 Sala II CFP 9113/2014/1/CA1 “A., D.C. s/

excepción de falta de acción”

J.. Fed. n° 4 Sec n° 8 Buenos Aires, 16 de marzo de 2018.

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

I.L. estas actuaciones a conocimiento y decisión del Tribunal, en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Dr. A.R.L., defensor de D.C.A., contra la resolución de fs.6/10vta, en la que no se hace lugar a la excepción de falta de acción por inexistencia de delito, deducida por el nombrado.

  1. Tiene dicho el Tribunal que “...la excepción de falta de acción se ha admitido por vía pretoriana para los casos de inexistencia de delito en tanto y en cuanto ello luzca manifiesto...” (Conf.

causa n° 29.392 “D.O.”, rta. el 19/10/10, reg. n° 32.057, y sus citas).

Sobre esa base y examinadas las probanzas reunidas durante el proceso, y más allá de lo que en definitiva se resuelva sobre el fondo, se observa que tal condición no se constata.

En este sentido, las medidas que se vienen efectuando en el expediente ponen de manifiesto la improcedencia del planteo impetrado por la defensa, que sólo deja en evidencia su disenso con la valoración atribuida a los documentos presentados por la imputada...

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