Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA CIVIL 2, 24 de Agosto de 2017, expediente FRE 011000135/2009/1/CA001
Fecha de Resolución | 24 de Agosto de 2017 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA CIVIL 2 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA 11000135/2009 Incidente Nº 1 DEMANDADO: GENDARMERIA
NACIONAL ARGENTINA s/INC DE MEDIDA CAUTELAR / / sistencia, 24 de agosto de 2017. MML Y VISTOS:
Estos autos caratulados: “INC APELACION DE MEDIDA
CAUTELAR DE GENDARMERIA NACIONAL EN AUTOS RODRIGUEZ TOMAS Y
OTRO C/ GENDARMERIA NACIONAL ARGENTINA S/MEDIDA CAUTELAR”,
EXPTE. Nº FRE 11000135/2009/1/CA1 provenientes del Juzgado Federal N 1 de
Resistencia, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada y,
CONSIDERANDO:
-
El Sr. Juez “aquo”, a fs. 23/24 vta, hizo lugar a la medida
cautelar solicitada por los Sres. RODRIGUEZ TOMAS, GARAY HECTOR
MAXIMILIANO y A., ordenando a Gendarmería Nacional pague a
los mismos, como remunerativo e integrados al concepto sueldo, los códigos
correspondientes a los Decretos 2769/93, con más los aumentos y adicionales
dispuestos por los Decretos 1246/05, 1126/06, 861/07 y 884/08, conforme la forma
habitual de su cobro, la cual tendrá vigencia hasta tanto se dicte sentencia definitiva en
la acción principal, que deberá ser iniciada como lo prescribe el art. 207 CCPCN, todo
previa caución juratoria que deberán prestar los accionantes, beneficiados de la
cautela, por los eventuales daños que la medida pudiere ocasionar en caso de haber
sido peticionada sin derecho.
-
Disconforme con lo decidido, la demandada
Gendarmería Nacional interpuso recurso de apelación, expresando agravios a fs.
28/30, los que fueron contestados por la contraria –fs. 32/35.
La recurrente se agravia solicitando se revoque la aludida
decisión, con costas a la contraria. Expresa que la medida requiere ciertos extremos:
verosimilitud del derecho, peligro de lesión grave en los derechos del peticionante y
que éste sea inminente. Agrega que la procedencia de las mismas se halla supeditada
a la necesidad de mantener la igualdad de las partes en juicio y evitar que se convierta
en ilusorias la sentencia que ponga fin al pleito. Están sujetas a presupuestos
Fecha de firma: 24/08/2017 Alta en sistema: 11/12/2017 Firmado por: ANA VICTORIA ORDER, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.L.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.G.V., SECRETARIO DE CAMARA Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA #24688194#186274434#20170824110055282 específicos, distintos de los requeridos para la acción, relacionados entre sí, de modo
tal que la omisión de uno o alguno de ellos, conspira contra la admisión de la medida
solicitada.
Considera que la sola invocación del actor de lo que cree son sus
justos reclamos no alcanzan para obtener el dictado de la medida cautelar, no
justificándose su proceder en tanto no concurran los restantes requisitos de
admisibilidad. Cita fallo de CSJN.
Dice que mientras no se produzca una declaración judicial que
establezca la inconstitucionalidad de...
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