Sentencia de SALA I, 1 de Abril de 2015, expediente CCF 004933/2013/1/CA002
Fecha de Resolución | 1 de Abril de 2015 |
Emisor | SALA I |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I C. 4933/2013/1 I “Farray Jorge Luis y otros c/ V. s/ medidas
cautelares”. Incidente de medida cautelar de V.J. Nº: 5 Secretaría Nº: 10 Buenos Aires, 1 de abril de 2015.
Y VISTOS:
El recurso de apelación interpuesto a fs. 89 y fundado a fs. 137/145 –cuyo
traslado fue contestado a fs. 148/153– contra las resoluciones de fs. 22/24 –aclarada a fs.
27–, 29, 51 y 53, y CONSIDERANDO:
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El señor juez –en lo que aquí resulta pertinente– decidió: a) librar
mandamiento para que el oficial de justicia se constituya en el domicilio denunciado a
efectos del inventario y descripción de los objetos en presunta infracción a la marca
Registro Nº 2.282.386 en la clase 41 que se hallaran en el lugar, del
secuestro y embargo de un producto, del retiro de cartelería, folletos y de todo tipo de
publicidad que contengan la marca en presunta infracción y de requerir al titular del negocio
y/o persona responsable que produzca en el plazo de cinco días la información que establece
el art. 39 de la ley 22.362 y b) disponer el cese provisional del uso de la marca “LASER
ADVENTURE", de cualquier forma, de manera aislada o dentro de un conjunto marcario más
amplio. A tales fines, fijó una caución de $60.000 y dejó constancia de que los autorizados
podrán filmar, fotografiar o grabar si el medio de utilización de la marca lo permite (cfr. fs.
22/24 y aclaratoria de fs. 27).
Posteriormente, ordenó la suspensión provisoria del nombre de dominio
www.laseradventure.com.ar registrado por P. V. y fijó una contracautela de
$20.000 (cfr. fs. 29).
A fs. 51, en mérito de lo decidido por la Sala a fs. 42/45 en cuanto a la
competencia del fuero para entender en las cuestiones vinculadas con la propiedad
intelectual, dispuso que el demandado "cese en el uso de los derechos protegidos por los
Fecha de firma: 01/04/2015 Firmado por: DE LAS CARRERAS - NAJURIETA derechos de autor referidos a la representación de historias vinculadas al espacio
utilizando láser o juegos de luz y de la dinámica y estructura del desarrollo de los
cumpleaños tal como los lleva a cabo". También amplió la medida de fs. 22/24 al inventario
y descripción de aquellos efectos que impliquen presunta infracción a los derechos de autor.
A fs. 53 extendió la medida al cese de uso del contenido de la página web
www.laseradventure.com.ar y de las tarjetas de invitación a los cumpleaños.
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Estas decisiones fueron apeladas por la destinataria.
En lo sustancial, controvierte la verosimilitud del derecho y a tal fin alega que
respecto a la marca que fundamenta la medida cautelar existen fuertes indicios de nulidad o
cuanto menos resulta evocativa. Señala que se encuentra limitada a
distinguir precisamente un "láser game" o "juego láser". Interpreta que frente a la debilidad
de este registro, la adición de la expresión "adventures" que resulta inconfundible con
"games", basta para que el titular no pueda impedir su uso. Añade que varias marcas
registradas en la clase 41 contienen el vocablo "láser". Advierte que con la medida cautelar
se le prohíbe explotar servicios en salones infantiles cuando la marca de la actora no protege
dichos servicios, sino solamente un juego de rayos láser. Destaca que se trata de una marca
denominativa ya que las restantes no han sido concedidas y, en todo caso, les sería aplicable
el mismo razonamiento, excepto sobre las partes gráficas.
En cuanto a los derechos de autor, sostiene que la actora confunde la
metodología de un juego inventado hace años y llevado a la práctica en nuestro país con
anterioridad a las partes en conflicto, aplicado en un salón de fiestas para niños. Argumenta
que no puede arrogarse como propia la metodología de un servicio de fiestas infantiles en el
que se brinda como alternativa para divertir al homenajeado un juego de confrontación de
rayo láser entre los participantes. Se pregunta cuál es el...
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