Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 1 de Agosto de 2014, expediente FTU 713145/2002/1

Fecha de Resolución 1 de Agosto de 2014
EmisorCAMARA FEDERAL DE TUCUMAN

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN 713145/2002 INCIDENTE Nº 1 - ASOCIACION CIVIL UNIVERSIDAD CATOLICA DE SANTIAGO DEL ESTERO C/PODER EJECUTIVO NACIONAL S/ACCION DE AMPARO Y MEDIDA CAUTELAR - EXPTE. N° 3145/2002.- DRA. R.G. PLANTEA CADUCIDAD DE INSTANCIA.- JUZGADO FEDERAL DE SANTIAGO DEL ESTERO S.M. de Tucumán, de de 2014.-

Y VISTO: El recurso de apelación concedido a fs. 23; y CONSIDERANDO:

Que la sentencia de fs. 13/15 del 14 de mayo de 2013 resolvió hacer lugar al planteo de caducidad de instancia del expediente n°

3145/02 caratulado “Asociación Civil Universidad Católica de Santiago del Estero c/ Poder Ejecutivo Nacional s/ Acción de amparo y medida cautelar”, con costas.

Contra dicha decisión el apoderado de la amparista deduce recurso de apelación fundado a fs. 20/22 y vta., el que es contestado a fs. 36/39 por la representante del Fisco Nacional.

Que la apelante se agravia de la sentencia, invocando el carácter restringido y excepcional de la caducidad de instancia, instituto, que a su modo de ver, no resulta aplicable a la acción de amparo, por lo que solicita, en definitiva la revocación de la sentencia y el rechazo del incidente de caducidad Que el Tribunal tuvo oportunidad de examinar similar planteo en autos “Congregación Hnas. S.D. de Cemmo y otros c/

Poder Ejecutivo Nacional s/Acción de amparo” Expte. n° 703175/2012/14 fallo del 19 de diciembre de 2.011, a cuyos fundamentos cabe remitirnos.

Cabe añadir que el criterio del Tribunal en las causas denominadas “corralitos”, respecto a la caducidad, fue dejada de lado.

(“M.M.P. y otras c/P.E.N. s/ Inconstitucionalidad” Expte.

n°54.078/10, fallo del 06 de diciembre de 2.010, entre otros).

Que en autos, el sentenciante juzgó...

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