Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala M, 12 de Julio de 2023, expediente CIV 074134/2022/1/CA002

Fecha de Resolución12 de Julio de 2023
EmisorCamara Civil - Sala M

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M

74134/2022

Incidente Nº 1 - ACTOR: FASSERI, R.C. DEMANDADO:

FEDERACION CINOLOGICA ARGENTINA Y OTRO s/RECUSACION

CON CAUSA - INCIDENTE CIVIL

Buenos Aires, 12 de julio de 2023.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. ) La parte actora recusó al magistrado de anterior grado invocando la causal prevista en el art. 17, inc. 7, del Código Procesal. Para así proceder adujo que en la audiencia del art. 360 del CPCCN del 22/06/23, el Juez hizo saber a las partes que “adhería a la corriente más moderna del derecho estando en contra de la compra y venta de animales”. Continuó diciendo que,

    ante dicha manifestación su parte le explicó que la actividad que realizaba (criador de la Raza Pastor Belga Malinois) era legal, sobre lo cual -el magistrado- coincidió y explicó que simplemente expresaba su posición al respecto y que tal vez por eso le costaba entender la causa. Expresó entonces que si bien no dudaba de la idoneidad ni del deseo de imparcialidad del magistrado para entender en la causa, la manifestación de estar en contra de la actividad que le toca juzgar -lo cual no es una posición aislada sino muy común en estos tiempos en la Argentina- considera que no genera la mejor situación para comprender y juzgar con imparcialidad la actividad de un criador de perros de raza.

    Por su parte, el juez recusado acompañó el informe que prevé el art. 26

    del Código Procesal y dijo que no se encuentra incurso en la causal de prejuzgamiento invocada. Indicó que en oportunidad de la audiencia prevista por el art. 360 del Cód. Procesal -en la fluida conversación mantenida con los concurrentes y mientras se evaluaban propuestas conciliatorias-, y tal como señala el actor, manifestó que en lo personal en la actualidad participaba de las teorías que vienen formando su camino tanto en el ámbito nacional como internacional que ponen en crisis el paradigma referido a la compra y venta de animales de raza cuando se trata de animales de compañía, más lo cierto es que también expresó que no tenía duda alguna respecto a la legalidad de dicha operatoria comercial. No obstante ello, hizo notar que el objeto de la presente Fecha de firma: 12/07/2023

    Firmado por: M.I.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.A.C.C., JUEZ DE CAMARA

    causa, conforme se desprende del escrito presentado en fecha 3 de febrero de 2023 se limita a "la inmediata rectificación en los Registros de las demandadas ‘No apto de cría’ y la...

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