Sentencia de CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES, 5 de Octubre de 2022, expediente FCT 001663/2019/1
Fecha de Resolución | 5 de Octubre de 2022 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES
Corrientes, cinco de octubre de dos mil veintidós.
Visto: Los autos caratulados: “Inc. recusación con causa parte actora en autos
V.B.R. c/ GNA s/ Impugnación de Acto Administrativo”, Expte.
FCT N° 1663/2019/1, proveniente del Juzgado Federal de Paso de los Libres,
Corrientes.
Considerando:
-
Que a fs. 1 y vta. la actora interpone recusación con causa contra el
Dr. Gustavo del Corazón de J.F. con fundamento en el art. 17 inc. 7 del
Expone que en la resolución dictada en fecha 17/08/22 del expediente
principal, el citado juez a quo ha manifestado que el retiro voluntario del Sr. Vargas
Bautista Rafael de Gendarmería Nacional torna abstracto el planteo de nulidad de los
actos administrativos y el fondo de la cuestión; lo que constituye adelantamiento de
opinión o prejuzgamiento, y compromete el debido proceso legal e imparcialidad
judicial.
Transcribe el inciso séptimo de la norma citada, requiere el “restablecimiento
del equilibrio procesal” igualdad ante la ley y e imparcialidad judicial.
-
Al folio 4/7 el Dr. F., destaca que la causa se inició con la
promoción de la presente acción de amparo solicitando la declaración de nulidad de
los actos administrativos dictados por la Fuerza –pase a disponibilidad temporal por
existencia de una causa civil, opinión y calificación dada por la Junta de
Calificaciones y su cambio de destino.
Que al contestar la demanda, la accionada opuso como excepciones previas:
caducidad, prescripción y cosa juzgada administrativa; pero que posteriormente,
advirtió que –en su contestación la accionada informaba que había pasado
voluntariamente a situación de retiro; por lo que en el contexto de la causa entendió
que previo a continuar el trámite, estaba obligado a conferir traslado a las partes a fin
de que acrediten si efectivamente se había producido el retiro voluntario de la Fuerza
del actor y si persistía interés procesal en continuar con el juicio, presumiendo que el
Fecha de firma: 05/10/2022
Firmado por: R.L.G., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: SELVA A.S., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.G.G., SECRETARIO DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES
dicto retiro conlleva un cambio de la situación jurídica y del vínculo reglamentario
de una de las partes y sobre el cual se proyectan las cuestiones administrativas
respecto de las cuales se trabó la litis.
Transcribe la providencia en cuestión, y...
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