Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 15 de Septiembre de 2022, expediente CAF 008235/2021/1/CA001

Fecha de Resolución15 de Septiembre de 2022
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA III

8235/2021 Incidente Nº 1 - ACTOR: BIANCHI, M.I. s/

OPOSICION DE TASA (INC DE TASA DE JUSTICIA)

Buenos Aires, de septiembre de 2022. CV

Y VISTOS:

El recurso extraordinario interpuesto por la parte actora mediante el escrito electrónico titulado “Interpone recurso extraordinario”

[Presentado: 3-8-2022 11:35hs.] contra la resolución del 12-7-2022; y,

CONSIDERANDO:

  1. Que la resolución del 12-7-2022 no reviste el carácter de sentencia definitiva o equiparable a tal, que exige el art. 14 de la ley 48 para declarar la procedencia del recurso extraordinario.

    Así pues, la falta de sentencia definitiva no puede suplirse con la invocación de garantías consagradas constitucionalmente supuestamente cernadas (CSJN, Fallos: 320:2999;

    322:176 y 2920, 330:1076, entre otros).

  2. Que, por otra parte, no resulta procedente para la concesión del recurso extraordinario la pretendida arbitrariedad que se plantea, pues si bien no cabe la consideración de esa tacha por esta Sala,

    los eventuales defectos del juicio que se invocan sólo traducen una mera discrepancia con las cuestiones resueltas, lo cual no autoriza a descalificar el pronunciamiento dictado —suficientemente fundado— como acto jurisdiccional (CSJN, Fallos: 270:116; 274:402; 275:45; 276:132; 300:200;

    304:1633, entre otros).

  3. Que, finalmente, resulta improcedente la invocación de gravedad institucional esgrimida, puesto que la eventual intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación no tiene por objeto satisfacer o reparar un interés institucional de la accionada, en cuanto dependencia del Estado Nacional y en el ámbito de las funciones que le fueren inherentes, sino que sólo tiende a remediar un simple interés patrimonial de carácter individual, que no excede aquel que pudiera involucrar a cualquier otro ente estatal; tanto más cuando tampoco se ha demostrado la real y concreta frustración de un derecho federal (CSJN,

    Fecha de...

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