Incidente Nº 1 - ACTOR: BUONTEMPO, ROMINA Y OTROS DEMANDADO: SUIZO ARGENTINA S.A. Y OTROS s/INCIDENTE ART 250

Fecha14 Septiembre 2022
Número de expedienteCOM 018539/2021/2/1/CA001

Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C

BUONTEMPO, R. Y OTROS c/ SUIZO ARGENTINA S.A. Y

OTROS s/ORDINARIO s/INCIDENTE ART 250

Expediente N° 18539/2021/2/1/CA1

Buenos Aires, 14 de septiembre de 2022.

Y VISTOS:

  1. Viene apelada por los demandados la sentencia que hizo lugar a la medida de no innovar respecto del paquete accionario de quien en vida fuera cónyuge de la actora y suspendió la decisión adoptada en la asamblea general extraordinaria que Suizo Argentina SA celebró el 12.08.2021.

    Para así resolver, la señora magistrada de grado entendió que no se encontraba debidamente justificado el importe en el que había sido fijado por la sociedad el valor del aludido paquete accionario.

    Así lo estimó, con sustento en que la asamblea había fijado tal valor en el mínimo previsto en el estatuto sin explicación alguna, a lo que agregó que el mecanismo contemplado aparecía abusivo pues permitía la fijación unilateral de ese precio por parte de los restantes socios, sin control ni injerencia de los herederos.

    En cuanto al peligro en la demora, lo estimó configurado en razón de que ya habían sido remitidas las cartas documentos a los restantes socios a efectos de que pudieran adquirir las acciones respectivas en el valor fijado.

  2. Los demandados sostienen que la sentencia es equivocada pues el mecanismo para establecer el valor de las acciones fue acordado en el estatuto, con la participación de todos los accionistas –también del causante-

    para regir para todos ellos por igual.

    Destacan que durante las siete asambleas celebradas en el curso de los últimos siete años se procedió de igual modo.

    Fecha de firma: 14/09/2022

    Alta en sistema: 15/09/2022

    Firmado por: R.F.B., SECRETARIO DE CÁMARA

    Firmado por: E.R.M., VOCAL- ACTOR: BUONTEMPO, R. Y OTROS DEMANDADO: SUIZO ARGENTINA S.A. Y OTROS s/INCIDENTE ART 250 Expediente N°

    Incidente Nº 1 18539/2021

    Firmado por: J.V., JUEZ DE CAMARA

    Refieren que, de conformidad con las cláusulas estatutarias que citan, el causante otorgó una opción de compra a favor de los restantes accionistas que habría de hacerse efectiva en el valor que resultara de aplicar el mecanismo también allí previsto, lo cual torna inaplicable el artículo 13 inc.

    5 LGS por tratarse de un precio ya fijado por el causante.

    Afirman que, de todos modos, el valor en cuestión es razonable,

    las cláusulas de referencia son válidas y que el informe acompañado por los actores para cuestionarlo es...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR