Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA CIVIL 3, 6 de Julio de 2022, expediente FRE 002873/2020/1/1/CA001

Fecha de Resolución 6 de Julio de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA CIVIL 3

Poder Judicial de la N.ión CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA

2873/2020

Incidente Nº 1 - ACTOR: SANTA CRUZ, N.

DEMANDADO: ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE

JUSTICIA Y DD HH SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL

s/INC APELACION

Resistencia, 06 de julio de 2022.-

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “INC APELACION EN

AUTOS SANTA CRUZ N. C/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO

DE JUSTICIA Y DDHH SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL s/

CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO – VARIOS”, Expte. N° FRE

2873/2020/1/1/CA1 a fin de resolver el recurso extraordinario interpuesto por el organismo demandado;

Y CONSIDERANDO:

  1. Que el organismo demandado interpone recurso extraordinario previsto por el art. 14 de la Ley 48 (fs. 53/68),

    contra la resolución de esta Cámara (fs. 52) que confirma la procedencia de la cautelar decretada en primera instancia.-

  2. Denuncia arbitrariedad de la sentencia porque considera que sin prueba alguna se determina que fueron afectados los derechos del actor.-

    Manifiesta que se encuentran ante un caso de prejuzgamiento y que la resolución atacada reúne todas las pautas generales que emplea la Corte Suprema para el reconocimiento de una sentencia arbitraria.-

    Afirma que la decisión ignora el interés público comprometido, que se materializa en la normativa vigente (Dto.

    586/2019), cuya aplicación pretende eludirse.-

    Señala que no se abordan las cuestiones de admisibilidad y procedencia de las medidas cautelares y que se omitió considerar lo que prevé el art. 4 de la ley 26.854.-

    Destaca que el SPF no posee competencia para aplicar la norma, afirmando que ha sido traído a juicio Fecha de firma: 06/07/2022

    Firmado por: M.C.G., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: R.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: P.B.G., JUEZ SUBROGANTE

    incorrectamente, porque quien se ocupa de la liquidación y pago de los beneficios de retiro es la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y

    PENSIONES DE LA POLICÍA FEDERAL.-

    Por último considera que existe insuficiencia de contracautela.-

  3. A la hora de decidir acerca de la admisibilidad del recurso interpuesto, se advierte que el mismo se dirige contra una decisión que carece del requisito de sentencia definitiva sin que tampoco pueda utilizarse la herramienta de la equiparación.-

    En efecto, Corte Suprema de Justicia de la N.ión tiene establecido en relación al remedio federal que la sentencia recurrida debe ser de aquéllas que ponen fin al pleito o impiden su prosecución. Se ha pronunciado, en propia expresiones,

    enfatizando que...

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