Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA CIVIL, 26 de Mayo de 2022, expediente FLP 002700/2022/1/CA001

Fecha de Resolución26 de Mayo de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II

La Plata, 26 de mayo de 2022.

AUTOS Y VISTOS: este legajo de apelación perteneciente al expediente Nº FLP 2700/2022 “L., M. M. c/ INSSJP-PAMI s/

AMPARO LEY 16.986”,”, procedente del Juzgado Federal de Quilmes;

Y CONSIDERANDO QUE:

EL JUEZ DI LORENZO DIJO:

  1. Llegan estos autos al Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido por la demandada, contra la resolución del juez de primera instancia que hizo lugar a la medida cautelar solicitada y, en consecuencia, ordenó al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP-PAMI) que autorice a favor de la señora M. M. L., el servicio de internación domiciliaria integral, módulo rehabilitación y los submódulos de cuidador domiciliario 8

    horas diarias, kinesiología 2 sesiones por semana y enfermería 2 sesiones por día, todo ello conforme lo indicado en la orden médica acompañada.

  2. El representante del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados –PAMI-, se agravia,

    únicamente, de la ausencia de elementos probatorios mínimos en la sentencia, en tanto sostiene que, la interpretación realizada por el juez, no se ajustó a las reglas de la sana crítica. Al respecto, afirma que el magistrado no ha integrado ni armonizado las pruebas producidas, sino que trató de manera parcial la documentación traída a la causa. En efecto, alega que no se tuvo en cuenta los informes médicos elaborados por las y los profesionales de la obra social.

  3. 1. Conforme se desprende de las constancias de autos, la presente acción fue iniciada por la señora M. M. L.,

    con el patrocinio letrado Fecha de firma: 26/05/2022 de la Defensora Pública Oficial,

    1. en sistema: 27/05/2022

    Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: I.E.S., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: J.E.D.L., JUEZ DE CAMARA

    Dra. P., contra el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y P., a fin de que se le ordene la cobertura de la internación domiciliaria integral,

    módulo rehabilitación y los submódulos de cuidador domiciliario 8 horas diarias, kinesiología 2 sesiones por semana y enfermería 2 sesiones por día.

    Sostiene que es afiliada al PAMI, que tiene 79 años y presenta “diagnóstico de DBT II, con complicaciones múltiples,

    enfermedad cardíaca, HTA secundaria, y que se encuentra postrada con escara sacra I° y que requiere FKT”. Agrega que vive sola y necesita asistencia en forma...

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