Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA CIVIL, 26 de Mayo de 2022, expediente FLP 005130/2022/1/CA001
Fecha de Resolución | 26 de Mayo de 2022 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA CIVIL |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II
La Plata, 26 de mayo de 2022.
AUTOS Y VISTOS: este legajo de apelación perteneciente al expediente Nº FLP 5130/2022 “M. M., R. G. c/ INSSJP-PAMI s/
AMPARO LEY 16.986”, procedente del Juzgado Federal de Quilmes;
Y CONSIDERANDO QUE:
EL JUEZ DI LORENZO DIJO:
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Llegan estos autos al Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido por la demandada, contra la resolución del juez de primera instancia que hizo lugar a la medida cautelar solicitada y, en consecuencia, ordenó al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP-PAMI) que autorice a favor de la señora S. M., el servicio de internación domiciliaria integral, Módulo Clínico 1 más Submódulos de equipamiento: colchón antiescaras; de cuidador domiciliario 8 horas diarias; de kinesiología 2
sesiones por semana y, de fonoaudiología 3 sesiones por semana, todo ello conforme lo indicado en la orden médica acompañada.
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El representante del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados –PAMI-, se agravia,
únicamente, de la ausencia de elementos probatorios mínimos en la sentencia, en tanto sostiene que, la interpretación realizada por el juez, no se ajustó a las reglas de la sana crítica. Al respecto, afirma que el magistrado no ha integrado ni armonizado las pruebas producidas, sino que trató de manera parcial la documentación traída a la causa. En efecto, alega que no se tuvo en cuenta los informes médicos elaborados por las y los profesionales de la obra social.
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1. Conforme se desprende de las constancias de autos, la presente acción fue iniciada por la señora R. G. M.
Fecha de firma: 26/05/2022
R., en representación de Alta en sistema: 27/05/2022 su madre S. M., con el patrocinio Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: I.E.S., SECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: J.E.D.L., JUEZ DE CAMARA
letrado de la Defensora Pública Oficial, Dra. P., contra el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y P., a fin de que se ordene a la demandada la cobertura de la internación domiciliaria integral, Módulo Clínico 1 y Submódulos de equipamiento: colchón antiescaras;
cuidador domiciliario 8 horas diarias, kinesiología 2 sesiones por semana y Fonoaudiología 3 sesiones por semana.
Sostiene que su madre es afiliada al PAMI, que tiene 82
años y presenta “diagnóstico diabetes mellitus no insulinorequirente en tratamiento con...
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