Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B, 27 de Abril de 2022, expediente FRO 007764/2021/1/CA001

Fecha de Resolución27 de Abril de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B

1 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO-SALA B

Civ/Int.

Visto, en Acuerdo de la Sala “B” –integrada-, el expediente Nro.

FRO 7764/2021/1/CA1, caratulado “Incidente Apelación en autos ROBAZZA,

E.Z.c./ INSSJP-PAMI s/ Amparo Ley 16.986” (originario del Juzgado Federal de Nº1 de la ciudad de Rosario), del que resulta,

El Dr. F.L.B. dijo:

  1. - Vinieron los autos en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la resolución del 14 de junio de 2021

    que dispuso “1) Hacer lugar a la medida cautelar solicitada por la Sra. ELDA

    ZULEMA ROBAZZA y ordenar al INSSJP- PAMI que otorgue la cobertura integral (100%) del implante percutáneo de válvula aortica (tavi) cuyas especificaciones técnicas son: VALVULA ACURATE NEO SMALL (de tamaño pequeño),

    introductor valvulado Lotus o I. cuerda 0035 safari 2 tamaño pequeño de curva. Proveedor: BOSTON SCIENTIFIC ARGENTINA SA de acuerdo a prescripción médica y diagnóstico de TAVI – ESTENOSIS AORTICA SEVERA,

    conforme lo prescripto por su médico tratante. …”.

    Concedido el recurso, se ordenó correr traslado de los agravios expresados, los que fueron contestados. Se elevaron los autos a la Alzada e ingresados por sorteo informático en esta Sala “B”, quedaron en condiciones de ser resueltos.

  2. - La recurrente se agravió de la resolución apelada, por cuanto sostuvo que en ningún momento negó la prestación. En ese sentido explicó que el Área Médica consideró que al no existir riesgo quirúrgico y haber escasa fragilidad debía realizarse cirugía convencional, ello se habría debido a que la actora no cumplía los criterios para autorizar los insumos según Protocolo TAVI/PAMI

    (regulado en la disposición Nº10/SGTM/2019). A su vez, la apelante dijo que,

    según lo informado por Nivel Central, se encontraba autorizado el insumo y que tomarían contacto con el proveedor.

    Hizo reserva del Caso Federal.

    Y considerando que:

    Fecha de firma: 27/04/2022

    Firmado por: J.G.T., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.I.V., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: F.B., Juez de Cámara Firmado por: A.G., SECRETARIA DE CAMARA

    2

  3. - Al accederse a la visualización de los actuados en línea por el sistema Lex 100 - Gestión Integral de Expedientes, se advierte que en el expediente principal digitalizado, el 26 de octubre de 2021 se decidió declarar que se había tornado abstracto el pronunciamiento acerca de la pretensión deducida en el presente amparo, con costas a la demandada. Ello en virtud de...

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