Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA CIVIL, 22 de Marzo de 2022, expediente FLP 016595/2021/1/CA001

Fecha de Resolución22 de Marzo de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA

La Plata, 22 de marzo de 2022

AUTOS Y VISTOS: este expediente n° FLP

16595/2021/1/CA1, S.I., “Incidente de Apelación en:

I L, D G c/S.M. s/Amparo Ley 16.986”,

procedente del Juzgado Federal de Primera Instancia de Quilmes;

Y CONSIDERANDO QUE:

I.A..

D G I L inició la presente acción de amparo contra S.M.S., con el fin de que se le provea la cobertura integral de la medicación Cladribina oral 10 mg. nombre comercial M., del Laboratorio Merck, para el tratamiento de la enfermedad que la aqueja.

Relató que se encuentra afiliada a S.M.S. bajo el número 800006124304701005 y que padece de Esclerosis Múltiple, enfermedad por la cual su médico neurólogo -doctor J.H., del Hospital Británico de Buenos Aires- le indicó tratamiento con la medicación Cladribina oral 10 mg., nombre comercial M., del Laboratorio Merck.

Refirió que solicitada la medicación a la empresa demandada no obtuvo respuesta favorable, por lo que debió intimarla mediante carta documento, recibiendo la negativa expresa a brindar cobertura a lo solicitado.

Señaló que el médico neurólogo realizó la justificación médica de la droga requerida, detallando con claridad que “M. es la única cladribina oral que cuenta con los estudios de fase III y fase IV que muestran eficacia y seguridad en esclerosis múltiple en el mercado. Desde su lanzamiento en Argentina, M. cuenta con más de 500 pacientes tratándose en nuestro país y con un estudio de vida real, que confirman los datos de seguridad y eficacia pivotales”.

Fecha de firma: 22/03/2022

Firmado por: P.M.L., Secretario de Cámara Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: C.A.V., JUEZ DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA

Con base en el informe médico, subrayó que en la actualidad no se encuentra bajo ningún tratamiento dada la falla presentada con la medicación anterior y destacó el elevado riesgo que le trae aparejado no recibir el tratamiento aconsejado para la progresión de su enfermedad.

Finalmente, fundó en derecho, ofreció prueba,

formuló reserva del caso federal y solicitó el dictado de una medida cautelar, por medio de la cual se ordene a la demandada que brinde cobertura integral (100 %) de la medicación prescripta para el tratamiento de la enfermedad crónica que padece.

  1. La decisión apelada y los agravios.

    1. La jueza titular del Juzgado de Garantías en lo Penal N° 1, del Departamento Judicial de Avellaneda-

      Lanús, provincia de Buenos Aires, hizo lugar a la medida cautelar solicitada en el marco de la pretensión de amparo y luego se declaró incompetente -ante el planteo efectuado por la demandada- para seguir entendiendo en la causa y la remitió a la justicia federal de Quilmes.

    2. En virtud de ello, ordenó a S.M.S. “la provisión de la dosis indicada de la droga denominada Cladribina oral 10 mg., nombre comercial (M. del Laboratorio Merck) así como la posterior entrega de las dosis de la mencionada droga en la frecuencia y cantidad indicada por el médico tratante para dar cumplimiento en tiempo y forma al tratamiento de la paciente D G I L”.

    3. Contra esta decisión, la representante de S.M. interpuso recurso de apelación.

      Argumentó que no se encontraban acreditados los requisitos para la procedencia de la medida cautelar.

      Así, sostuvo que no existía verosimilitud en el derecho invocado en tanto su mandante nunca negó a la actora la cobertura del medicamento solicitado, sino que Fecha de firma: 22/03/2022

      Firmado por: P.M.L., Secretario de Cámara Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA

      Firmado por: C.A.V., JUEZ DE CAMARA

      Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA

      autorizó la misma droga y dosis prescripta por el profesional tratante, de la marca EURIT, que se encuentra autorizada por la ANMAT y posee la misma droga que el MAVENCLAD. Señaló que la indicación de la marca comercial...

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