Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 14 de Diciembre de 2021, expediente FTU 028733/2015/1/CA002

Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE TUCUMAN - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN

28733/2015 Incidente Nº 1 - COOPERATIVA DE TRABAJO DE

SERVICIOS AGROINDUSTRIALES LTDA DEMANDADO: ESTADO

NACIONAL - SENASA s/INCIDENTE

S.M. de Tucumán,

Y VISTOS: el recurso de apelación en subsidio interpuesto en fecha 10/11/2020, y CONSIDERANDO:

Que vienen los presentes autos a estudio del Tribunal en virtud del recurso de apelación en subsidio interpuesto por la parte actora en fecha 10/11/2020 en contra del proveído de fecha 05/11/2020 en cuanto resolvió: “Proveyendo el escrito de la parte actora (12/08/2-solicito oficio): Teniendo en cuenta la fecha de la sentencia que hace lugar a la medida cautelar (08/05/18) y lo considerado en dicho fallo, en relación al plazo de duración de la medida otorgada en cuanto expresa que “la prolongación indefinida en el tiempo constituye una verdadera desviación del objeto tenido en cuenta por el legislador al establecer el instituto cautelar” y no habiendo la actora acompañado circunstancias atendibles para otorgar la prórroga solicitada a la medida cautelar dictada en autos,

no ha lugar a lo peticionado (…)”.

Que mediante proveído de fecha 10/03/2021 el Sr.

Juez a-quo resolvió: “Proveyendo el digital de la parte actora (Revocatoria con Apelación en Subsidio): Atento lo solicitado y constancias de autos, teniendo en cuenta lo ordenado en el presente incidente de medida cautelar mediante sentencia de la Excma.

Fecha de firma: 14/12/2021

Alta en sistema: 29/12/2021

Firmado por: M.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: R.S., JUEZ DE CAMARA 1

Firmado por: I.S., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: M.R.L., JUEZ DE CAMARA

Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán de fecha 07/05/1, por la cual expresamente resolvió: “HACER LUGAR A LA MEDIDA

CAUTELAR INNOVATVA peticionada. Por lo tanto, ORDENAR

AL SENASA que el pago mensual que la actora abone al Sr.

Médico V. por el Servicio de Inspección Veterinaria, sea tomado como pago a cuenta de la Tasa del Servicio de Inspección del SENASA, por un plazo de un año a contar del presente decisorio. Asimismo se ordena que los análisis de SZERANOL Y

BETA AGNOSTIAS sean satisfechos por el SENASA, por un período de un año a contar de la fecha de esta sentencia…” y considerando el suscripto, la fecha de la citada resolución (08/05/18) y por tanto, el límite temporal de vigencia de la cautelar allí ordenada, no siendo suficientes los argumentos esgrimidos para rebatir lo dispuesto mediante proveído de...

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