Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala F, 3 de Diciembre de 2021, expediente COM 006786/2019/1/CA002

Fecha de Resolución 3 de Diciembre de 2021
EmisorCamara Comercial - Sala F

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial – S.F.

Incidente Nº 1 - ACTOR: AVAL AR S.G.R. DEMANDADO: ESPADA, J.

SALVADOR s/INCIDENTE ART 250

EXPEDIENTE COM N° 6786/2019

Buenos Aires,3 de diciembre de 2021.

Y Vistos:

  1. Viene apelada por el codemandado Espada la decisión de fecha 11/2/2021 por medio de la cual el a quo desestimó su solicitud tendiente a que se levante el embargo trabado sobre su propiedad.

  2. El memorial de agravios fue presentado en fecha 4/3/2021 y respondido por la parte actora en 10/3/2021.

    De su lado, la Sra. Fiscal General ante esta Cámara dictaminó en fecha 3/11/2021 propiciando la confirmación del pronunciamiento en crisis.

  3. En primer término, tal como ya sostuvo este Tribunal en el precedente in re “G.A.A. y otro c/ Sama Explotaciones USO OFICIAL

    Agrícolas S.R.L. y otro s/ ejecutivo”, Expte. COM N° 21893/2013, de fecha 15.9.2016, devienen aplicables aquí las disposiciones del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. Ello en tanto, la ejecución del inmueble en cuestión está en curso de desarrollo y no finiquitada o concluida (cfr. art. 7 CCyC.; esta S.F., 26.10.2017, “B.C.E.c.P.V. y otro s/ejecutivo”, Expte COM N° 4901/2013).

    Sentado ello, cabe señalar que ya tiene dicho esta S.F. que el derecho de toda persona al acceso y protección de la vivienda constituye un derecho humano fundamental. El Código lo recepta y flexibiliza, ampliando el número de beneficiarios, en sincronía con el respeto al principio de autonomía personal que deriva de la existencia de múltiples formas familiares dignas del mismo tratamiento. Así, sustituye el bien de familia de la Fecha de firma: 03/12/2021

    Alta en sistema: 06/12/2021

    Firmado por: M.J.M., PROSECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: A.N.T., PRESIDENTA DE LA SALA F

    Firmado por: E.L., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial – S.F.

    ley 14.394, derogándola e incorporando en el Capítulo 3, denominado Vivienda, importantes modificaciones en esa línea (cfr. L., R.L., “Código Civil y Comercial de la Nación”, T. I, p. 810 y ss.,Ed. Rubinzal Culzoni, Santa Fe, 2014).

    Desde esa perspectiva, el Código, según señalan sus fundamentos, a diferencia de la mayoría de los códigos existentes que se basan en una división tajante entre Derecho Público y Privado, toma muy en cuenta los tratados en general y, específicamente, los derechos humanos reconocidos en todo el bloque de...

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