Incidente Nº 1 - ACTOR: ANCO, PAULA AZUCENA DEMANDADO: PAMI s/INC APELACION
Número de expediente | FSA 003414/2021/1/CA001 |
Fecha | 03 Septiembre 2021 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I
INC. APELACIÓN: “ANCO, P.A. c/
PAMI s/ AMPARO LEY 16.986
EXPTE. N° FSA 3414/2021/1/CA1
JUZGADO FEDERAL DE SALTA N° 1
ta, 2 de septiembre de 2021.
VISTO:
El recurso de apelación deducido por la demandada a fs. 47/49 del expediente digital que se cita de aquí en adelante, y CONSIDERANDO:
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Que las presentes actuaciones ingresaron a este Tribunal a raíz de la impugnación de referencia efectuada por el apoderado del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP) en contra del resolutorio de fecha 6/8/21 por el que el juez hizo lugar a la medida cautelar innovativa solicitada y, en consecuencia, ordenó a la obra social a que dentro del plazo de 48 horas de notificada, autorice al Sr. C.A. la cobertura del tratamiento de Radioterapia de Intensidad Modulada (IMRT),
conforme lo requerido por sus médicos tratantes.
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Que en su memorial de agravios el apoderado del INSSJP,
señaló que no existió un rechazo caprichoso ya que se le ofreció autorizar otra 1
Fecha de firma: 03/09/2021
Firmado por: M.I.D.S., SECRETARIA DE CAMARA
Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: E.S.E., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: SANTIAGO FRENCH, JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I
práctica. Dijo que en el mes de julio de 2021, el prestador Instituto de Radiaciones de Salta cargó en el sistema interactivo las solicitudes y que en fecha 1/7/21 y 7/7/21 la gerencia de prestaciones de Nivel Central, luego de analizar el caso, determinó que correspondía radioterapia tridimensional conformada 3D.
Agregó que la medida se confunde con el objeto de la demanda,
por lo que constituye una sentencia anticipada que desnaturaliza el instituto cautelar en desmedro de las garantías procesales de su mandante. Citó
jurisprudencia al respecto. Hizo reserva del caso federal.
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Que corrido el traslado, el Defensor Oficial en representación del actor reprochó la falta de motivación en el memorial del apelante, ya que se limitó a manifestar que la medida cautelar se confunde con el objeto de la demanda y que la resolución no tiene por objeto asegurar su cumplimiento sino que se está dictando sentencia anticipadamente, sin atender los derechos constitucionales en juego.
Por ello, solicitó que se rechace el recurso y se confirme la resolución de grado que hizo lugar a la medida cautelar.
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Que, para resolver el planteo...
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