Sentencia de CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES, 29 de Abril de 2021, expediente FCT 002887/2020/1
Fecha de Resolución | 29 de Abril de 2021 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES
Corrientes, veintinueve de abril de dos mil veintiuno.
Visto: Los autos caratulados “Inc. de Medida C. en autos: B., María
Cristina c/ Prefectura Naval Argentina s/ Amparo Ley 16986”, E.. N° FCT
2887/2020/1, proveniente del Juzgado Federal N° 2 de Corrientes, y;
Considerando:
-
Que la actora, quien presta servicios en la Prefectura de Itatí, Corrientes, solicitó
medida cautelar consistente en dejar sin efecto el traslado dispuesto a la Prefectura de Mar
del Plata, Provincia de Buenos Aires y se disponga continuar prestando servicios en el
actual destino (Itatí, Corrientes), y se abstengan de aplicarle sanciones disciplinarias y/u
cualquier acto que pueda importar hostigamiento, discriminación y persecución como
consecuencia de la acción incoada. Y, atento a que el juez a quo desestimó su
requerimiento por considerar que no se encontraban acreditados los recaudos que habilitan
el dictado de la precautoria, la accionante interpuso recurso de apelación, el que concedido
habilita el tratamiento de este Tribunal.
-
Se agravia la accionante por considerar que la resolución atacada adolece de
vicios inadmisibles y que carece de fundamentación. Refiere, en lo atinente a la
verosimilitud del derecho, que incluyó en el escrito de demanda los elementos que tenía en
su poder que acreditan la afectación a sus derechos, ofreciendo el resto como prueba.
Agrega que ha delimitado claramente el objeto de la pretensión y los fundamentos de
hecho y derecho a fin de salvaguardar sus derechos esenciales como ser de trabajar, de
propiedad, familiar, no discriminación, igualdad ante la ley, debido proceso y defensa en
juicio. Afirma que la demandada al disponer el traslado transgrede los arts. 3 y 5 de la
Resolución N° 153/18 del Ministerio de Seguridad de la Nación, y art. 74 del Decreto 1759
reglamentario de la Ley 19549. Advierte que el reclamo administrativo de reconsideración
del traslado no ha sido resuelto, y ordenan la efectivización del mismo, violando la
normativa citada. Destaca, contrariamente a lo manifestado por el a quo, que detalló los
derechos afectados. Expone que el desarraigo le genera infinidad de problemas en lo
afectivo, económico, familiar, personal, considerando la situación de sus hijos menores en
edad escolar y de su esposo retirado de la Fuerza por discapacidad. Ratifica reserva del
Fecha de firma: 29/04/2021 caso federal.
Firmado por: R.L.G., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.G.S., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: SELVA A.S., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: C.O.G. DE TERRILE, SECRETARIA DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES
-
Concedido el planteo en relación y en ambos efectos, fue elevado a esta Alzada.
-
A continuación se requirió como medida para mejor proveer a la demandada 1)
copia del mensaje naval GFH251345/MAR/20, cuyo promotor es la Dirección del Personal
por medio del cual se dispuso el traslado laboral a la actora; 2) Sumario que originara el
Acta N° 02/19, Letra: PZPP, WX.9 del...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba