Incidente Nº 1 - ACTOR: REY, FERNANDO ERNESTO Y OTROS s/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

Fecha09 Marzo 2021
Número de expedienteCIV 003805/2017/1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA K

3805/2017

Incidente Nº 1 - ACTOR: REY, F.E. Y OTROS s/ BENEFICIO DE

LITIGAR SIN GASTOS

Buenos Aires, 09 de marzo de 2021.- GVO/JAL

AUTOS Y VISTOS :CONSIDERANDO :

Contra la resolución del 8 de julio de 2020, en cuanto concedió parcialmente el beneficio de litigar sin gastos solicitado por el coactor F.E.R. (30%),

apela el señor R. (el 16 de julio de 2020), fundando su recurso (el 19 de agosto de 2020), cuyo traslado no fue contestado.

Esta S. ha expuesto que quien afirma que no poder afrontar los gastos del juicio debe explicar claramente cuál es su situación económica, indicando fehacientemente sus ingresos o medios de subsistencia y la integración de su patrimonio ya que tales explicaciones resultan necesarias para valorar la veracidad de lo afirmado en orden a obtener la dispensa en el pago de la tasa judicial y eventualmente en las costas del pleito (conf. expte. n°101.079 28/2/92; n° 70302/13/1,

A.A.B- s/ Beneficio de litigar sin gastos, resolución del 3/11/16, entre otros).

Cabe agregar que peticiones como la presente dependen de la actividad probatoria de quien las requiere, la que puede ser fiscalizada y controvertida mediante el ofrecimiento de prueba por su oponente, por lo que no reviste el carácter de mera información sumaria. Por el contrario, en procesos de esta naturaleza, el magistrado resuelve según el mérito de la prueba aportada, la que debe ponderar para adquirir plena convicción al decidir.

El art. 78 del Código...

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