Incidente Nº 1 - ACTOR: TADDEO, CINTIA GRACIELA Y OTRO DEMANDADO: KECHICHIAN, GUSTAVO ROBERTO Y OTROS s/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

Fecha30 Noviembre 2020
Número de expedienteCIV 068079/2015/1/CA006

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I

68079/2015

Incidente Nº 1 - ACTOR: TADDEO, C.G. Y OTRO

DEMANDADO: KECHICHIAN, G.R. Y OTROS

s/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

Buenos Aires, 30 de noviembre de 2020.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. La doctora K.A.M. y el doctor H.L.S. apelaron la resolución del 17 de septiembre de 2020

    por la que el juez de primera instancia desestimó el incidente de mejora de fortuna.

    El memorial de agravios fue incorporado el 8 de octubre y contestado el 22 del mismo mes.

  2. En el estudio del asunto conviene señalar que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 84, primer párrafo, del Código Procesal, quien obtiene el beneficio de litigar sin gastos está

    exento, en la medida en que se hubiere concedido la franquicia, del pago de las costas y gastos judiciales hasta que mejore de fortuna. En ese sentido esta sala ha expresado que la responsabilidad por las costas que acuerda la franquicia participa de la naturaleza de la cláusula a mejor fortuna, contemplada en los artículos 620 y 672 del Código Civil –actuales 889 y subsiguientes del Código Civil y Comercial– o bien, que se podría ser calificada como una obligación sujeta a condición resolutoria: si mejora de fortuna, renace su responsabilidad por el pago de los gastos del proceso (conf. esta S.,

    R., F.L.c.R., N.O. s. daños y...

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