Incidente Nº 1 - ACTOR: MITRE, MONICA PATRICIA DEMANDADO: OBRA SOCIAL DE CONDUCTORES DE CAMIONES Y PERSONAL DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS s/INC APELACION

Fecha de Resolución16 de Septiembre de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

Visto, en acuerdo de la Sala “A”

–integrada- el expediente N.. FRO 25142/2019/1,

caratulado: “Incidente de Apelación en autos MITRE, M.P. c/ OBRA SOCIAL DE CONDUCTORES DE CAMIONES Y

PERSONAL DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE CARGAS s/ AMPARO

CONTRA ACTOS DE PARTICULARES” (originario del Juzgado Federal de Venado Tuerto) del que resulta que:

El Dr. F.L.B. dijo:

  1. - Vinieron los autos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto y fundado por la demandada (fs. 70/78), contra la resolución de fecha 19 de junio de 2019 (fs. 52/57vta.),

    que hizo lugar a la medida cautelar peticionada por M.P.M..

    Concedido el recurso a fojas 75, la actora contestó agravios a fs. 76/78. Formado legajo de apelación, se elevaron los autos a fojas 83vta., se dispuso la intervención de la Sala “A” y que pasaran las actuaciones al Acuerdo, por lo que quedaron a estudio (fs.

    85).

  2. - Expresó la recurrente que no se satisfacen las condiciones de admisibilidad para pretender la tutela anticipada del derecho.

    Afirmó la recurrente que no hubo negativa por parte de la Obra Social, sino que sólo se informó a la amparista que se autorizaba la iniciación de tratamiento con I., en virtud de que no se encuentran ensayos disponible que muestren superioridad de eficacia de Treprostinil inhalado sobre I. inhalado. Que siendo que la droga solicitada posee eficacia terapéutica equivalente a la autorizada y cubierta por la Obra Social,

    Fecha de firma: 16/09/2020

    Alta en sistema: 17/09/2020

    Firmado por...

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