Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 2 de Julio de 2020, expediente CAF 008744/2020/1/CA001

Fecha de Resolución 2 de Julio de 2020
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV

CAF 8744/2020/1 “Incidente Nº 1 - ACTOR: PEREZ, C.V. s/

BENEF. DE LITIGAR S/G”

Buenos Aires, 2 de julio de 2020.- MSU

VISTO

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, la presente resolución se dicta en los términos del punto 6° de la acordada CSJN 25/2020, del 29/06/2020.

  2. ) Que, sentado ello, en atención a lo establecido en los artículos , , , 19, 37, 38, 39 y concordantes de la ley 21.839; y teniendo en cuenta la naturaleza del juicio, la trascendencia económica de la cuestión resuelta –

beneficio de litigar sin gastos–, su monto, tomando como tal la tasa de justicia (v.

fs. 47/48vta.), y la calidad y eficacia de la labor desarrollada en el proceso ante el Tribunal Fiscal, ELEVANSE a la suma de PESOS DOS MIL TRESCIENTOS

($2.300) y de PESOS NOVECIENTOS ($900), respectivamente, los honorarios regulados a favor de los doctores C.A.M. y M.G.M., quienes ejercieron la dirección letrada y representación del Fisco Nacional.

Se deja constancia que las retribuciones que anteceden no incluyen el Impuesto al Valor Agregado, monto que -en su caso- deberá ser adicionado conforme a la situación de los profesionales intervinientes frente al citado tributo.

Por ello, SE

RESUELVE:

i) disponer la habilitación de la feria para el dictado de la presente, en los términos del considerando 1°); y ii) elevar los emolumentos regulados a favor de los doctores C.A.M. y M.G.M., de conformidad con lo dispuesto en el considerando 2º).

R. y devuélvase para su notificación en la instancia de origen.

M.D.D.

JORGE...

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