Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 17 de Diciembre de 2018, expediente COM 070331/2008/1
Fecha de Resolución | 17 de Diciembre de 2018 |
Emisor | Camara Comercial - Sala B |
Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL
S. B
70331/2008/1 - DOS AVENIDAS S.A. S/ CONCURSO
PREVENTIVO S/ INCIDENTE DE REVISION DE CREDITO DE
FISCALIA DE ESTADO DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES
Juzgado n° 5 - Secretaria n° 10
Buenos Aires, 17 de diciembre de 2018.
Y VISTOS:
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La incidentista apeló la resolución de fs. 417/18, en cuanto le impuso las costas de la revisión, por considerar que la promoción de este incidente fue necesaria para obtener la documentación pertinente para admitir la verificación. Su memorial de fs. 425/29 fue respondido por la sindicatura a fs. 431/32.
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Tiene dicho esta S. que si los autos revisorios fueron necesarios para despejar cualquier incertidumbre sobre la extensión del crédito en cuestión, las costas del incidente deben distribuirse en el orden causado (CNCom, esta S. in re “Z.S. s/ inc. de revisión por Sitra S.A.”, del 17-11-89, idem in re "O.H.. SA s/ Concurso Preventivo s/ Incidente de Revisión por el Banco de la Provincia de Buenos Aires”, del 17.11.06).
Las constancias de la causa, dan cuenta que frente al rechazo de la pretensión verificatoria decidida en la oportunidad prevista por el art. 36 de la LCQ, fue necesaria la apertura a prueba de las actuaciones, oportunidad en que se recibieron varios expedientes Fecha de firma: 17/12/2018
Alta en sistema: 20/12/2018
Firmado por: M.E.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.L.G.A.D.D.C., JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL
S. B
judiciales y administrativos (v. fs. 89, 90, 213, 217, 238 y 240) y el legajo del contribuyente (v. fs. 250/409). Se ordenó también prueba pericial contable, que no pudo ser realizada ante el incumplimiento de la deudora de poner los documentos necesarios a disposición del experto (v. fs. 182).
Todas esas medidas probatorias fueron ponderadas por el a quo al dictar la resolución de fs. 417/18 que, finalmente, admitió la pretensión del insinuante.
Por ello, cabe imponer las costas de la revisión en el orden causado.
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En razón de lo expuesto, corresponde admitir parcialmente el recurso y modificar la resolución apelada, con los alcances establecidos...
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